Auto Supremo AS/0407/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2020

Fecha: 02-Oct-2020

Sobre la temeridad y mala fe, debemos entenderlos como actos totalmente negativos y contrapuestas con

Sobre la temeridad y mala fe, debemos entenderlos como actos totalmente negativos y contrapuestas con la finalidad del órgano jurisdiccional, los cuales generan que el derecho se distorsione, que pase de la corrección a la incorrección, es más preocupante aún si tomamos en cuenta que el proceso se ve desnaturalizado por el litigio malicioso o abuso del derecho de litigar. Sobre todo cuando los que violentan o violan el proceso reclaman que sus argucias ilegítimas sean accedidas en nombre de la vigencia y defensa misma del debido proceso. Así, el juez de la causa, en el ejercicio de la función jurisdiccional, no puede permitir que las partes, por cualquier medio o modo, desnaturalicen la esencia y fin del proceso; dicho de otro modo, toda autoridad judicial asume la función de garante del fiel cumplimiento del debido proceso en el juicio