Auto Supremo AS/0552/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2020

Fecha: 11-Nov-2020

Asimismo, demostró el domicilio real del causante en Cochabamba también mediante las pruebas documentales y

Tomando en cuenta la prueba documental como los contratos de alquiler a partir de 2004 y testifical que refieren convivencia a partir del 2002 se advierte que la recurrente demostró estabilidad en la convivencia con su conyugue (+) además de haber trabajado juntos, y ser conocida como conyugue del causante, y su buena fe al creer ser la única conyugue se establece que habría convivido desde muchos años antes de la otra relación conyugal que tuviese el causante con Teresa Loayza Bravo.
Asimismo, demostró el domicilio real del causante en Cochabamba también mediante las pruebas documentales y testificales, que no fueron enervadas por las pruebas testificales documentales ni testificales de descargo por la contradicción de indicar en la respuesta a la demanda actual de que el domicilio del causante era en Tarija, y Teresa Loayza Bravo refiere último domicilio real Santa Cruz del causante y viajes por motivos laborales a Tarija