Auto Supremo AS/0552/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2020

Fecha: 11-Nov-2020

Concluyéndose que la recurrente demostró la convivencia en unión libre entre su persona y Edmundo

Concluyéndose que la recurrente demostró la convivencia en unión libre entre su persona y Edmundo Anachuri Dávalos, sin embargo, por la existencia de una declaración judicial de unión libre con sentencia ejecutoriada a favor de Teresa Loayza Bravo, la unión de Martha Muñoz Claros con Edmundo Anachuri Dávalos conforme al art. 172 del Código de Familia y la convivencia con estabilidad en base a la buena fe demostrada por la recurrente en el entendido de que creía ser la única conyugue, se tiene por cierto la vida en común que habría llevado con el causante por lo que, se reconoce la misma como una unión irregular con los efectos reconocidos por ley