Auto Supremo AS/0684/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0684/2020

Fecha: 08-Dic-2020

III.2

No obstante, también se debe tener presente que cuando se acusa incongruencia omisiva con relación a los extremos denunciados en apelación, al ser dicho reclamo netamente de forma, pues está abocado a cuestionar la estructura formal de la resolución, este Tribunal Supremo de justicia, como ya se explicó en el punto III.2 de la presente resolución, conforme lo estableció la SCP Nº 1083/2014 de 10 de junio, se ve limitado a constatar si esta omisión resulta o no evidente,  sin  ingresar  más allá de lo impugnado.

En ese entendido, al estar centrado el reclamo denunciado en el hecho de que la resolución recurrida no se ajustaría a lo establecido en el art. 265. I del Código Procesal Civil, de la revisión de los fundamentos que sustentan el Auto de Vista impugnado se tiene que el Tribunal de alzada atendiendo precisamente los reclamos que son ahora denunciados de omitidos, resolvió por confirmar la sentencia,  habiendo llegado a la conclusión de que  la sentencia contiene congruencia interna y externa, expresando las razones para llegar a definir  la decisión  asumida y  que  no  es necesario describir  aspectos  esenciales, y  que en relacion a la denuncia de falta de motivación  o  fundamentación  de  la causal de nulidad, observó  que  el A quo sustentó su fallo en jurisprudencia, precisando inclusive  las partes  pertinentes  al caso  de autos y transcribiendo  inclusive  la parte  pertinente  que  vincula al caso  concreto.