Deducido el recurso de apelación, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa
Deducido el recurso de apelación, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 24/2019 de 27 de marzo (fojas 396 a 400 y vlta.), CONFIRMA la Sentencia, con la siguiente modificación en la liquidación:
Tiempo de Trabajo: 1año, 7 meses y 10 días
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 2.500
Indemnización
4.027
Salario Devengado Octubre/2014
2.500
Indemnización por Muerte
60.000
Aguinaldo 2014:9 Duodécimas
2.118
Segundo Aguinaldo Esfuerzo por Bolivia
2.118
Gestión 2013: 9 duodécimas
1.875
Gestión 2014: 10 duodécimas y 5 días
2.118
Vacación 1 gestión, 7 duodécimas y 5 días
1.292
Total a Pagar
Bs. 76.048
I.3 Motivos del recurso de casación
Tiempo de Trabajo: 1año, 7 meses y 10 días
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 2.500
Indemnización
4.027
Salario Devengado Octubre/2014
2.500
Indemnización por Muerte
60.000
Aguinaldo 2014:9 Duodécimas
2.118
Segundo Aguinaldo Esfuerzo por Bolivia
2.118
Gestión 2013: 9 duodécimas
1.875
Gestión 2014: 10 duodécimas y 5 días
2.118
Vacación 1 gestión, 7 duodécimas y 5 días
1.292
Total a Pagar
Bs. 76.048
I.3 Motivos del recurso de casación
- I.1.Antecedentes del proceso
- La Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de
- Cumplidas las formalidades procesales, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal
- I.2. Auto de Vista
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa
- 3
- En su petitorio, solicita se case el Auto de Vista de 27 de marzo de
- Notificada la parte demandante con el recurso de casación, según consta a fs
- 1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- 1.2. Argumentos de derecho y hecho
- 1
- Por otro lado, el artículo 88 de la misma Ley General del Trabajo, establece que:
- Consiguientemente, de la interpretación sistematizada de dichos preceptos, se entiende que la cancelación de la
- Apropiando a la especie las consideraciones doctrinales y legales que preceden, de la pruebas
- Por otro lado y en relación a lo previamente mencionado, la recurrente, refiere que se
- Es así que de la revisión del y análisis del caso de autos, se establece
- Es necesario también aclarar, que no existe prueba alguna que señale que Noelia no depositó
- En relación la jurisprudencia mencionada, por la Corte Suprema, Auto Supremo Nº 129 de 10
- El salario como elemento integrante de la relación laboral se define como la retribución que
- Asimismo, resulta preciso señalar que la prima anual es la participación legal del trabajador respecto
- En este contexto, en el caso objeto de análisis, se advierte que el empleador, no
- En ese sentido el art
- Las disposiciones citadas sobre el régimen legal de las vacaciones, contienen en primer término el
- Dentro del marco normativo señalado y aplicado al presente caso de autos, se debe tomar
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
