Auto Supremo AS/0016/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2020

Fecha: 12-Feb-2020

Por otro lado, el artículo 88 de la misma Ley General del Trabajo, establece que:

Por otro lado, el artículo 88 de la misma Ley General del Trabajo, establece que: "en caso de muerte los herederos, conforme a la Ley civil, tendrán derecho a la indemnización igual al salario de dos años, contados por meses de treinta días", este artículo ha sido ampliado por la Ley 102 de 29 de diciembre de 1944, aplicándose en el presente caso sus artículos 1 inciso c) y 2, complementando  esta disposición, el artículo 94 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, dispone que la indemnización debe ser equivalente a dos años de salarios, por meses de treinta días y pagaderos de una sola vez