Auto Supremo AS/0177/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0177/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

Por cuanto, este Tribunal de casación concluye que el Tribunal de alzada no ingresó en


Claramente, de la síntesis expuesta, confutando dichas conclusiones con lo expresado en Sentencia, hace evidente la falta de una adecuada fundamentación y valoración probatoria en la Sentencia, sin que el Tribunal de alzada tenga la posibilidad de corregir o rectificar dichas falencias, al ser inviable realizar una corrección directa debido a las carencias argumentativas del juzgador y ante la imposibilidad de ingresar en revalorización probatoria, que al haber expresado cuáles fueron las reglas de la sana crítica inobservadas e identificado los errores de fundamentación y motivación del fallo condenatorio, actúo –como se dijo- en apego a sus competencias funcionales, al comprobar que el razonamiento expresado en la Sentencia no se acomodó a las reglas de la sana crítica, identificándose cuales de esas reglas se quebrantaron al momento de expresar la cuestión valorativa, así como también determinó la falta de fundamentación expresada en el contenido de la Sentencia, lo que significó la resolución del fondo de la apelación restringida y la consideración de la contestación, permitiendo conocer de manera clara cuáles fueron los defectos que el Juez de Sentencia incurrió el fallo apelado.

Por cuanto, este Tribunal de casación concluye que el Tribunal de alzada no ingresó en contradicción con la doctrina legal sentada por los Autos Supremos 812/2018-RRC de 10 de septiembre y 287/2013-RRC de 4 de noviembre, al haber dado cumplimiento y resuelto el fondo de la apelación y su contestación, enmarcando su actuación a los términos expresados por la Litis conestatio, resultando por ello, el recurso de casación formulado en infundado