Auto Supremo AS/0085/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2020

Fecha: 03-Mar-2020

En la especie, se concluye que la trabajadora se constituye en personal de confianza, porque

En el presente caso, a fs. 329 del cuaderno procesal cursa Certificado De Trabajo, en el cual se detalla los cargos que ocupo la Sra. Bertha Mariela Molina Duran en las diferentes gestiones que prestó sus servicios a la empresa demandada, por las labores realizadas de alta responsabilidad, se requirió de la confianza que en ella depositaron. De lo expuesto se colige que no existe, duda alguna que la empleada asumió voluntariamente la conformidad de aceptación de dichas labores
En la especie, se concluye que la trabajadora se constituye en personal de confianza, porque se encuentra dentro lo previsto en el art. 46-II de la L.G.T. y, en consecuencia, no es posible reconocer las horas extras exigidas, como acertadamente concluyeron tanto la Juez a quo y el Tribunal de Alzada; por consiguiente, es evidente lo resuelto en el auto de vista por el Tribunal Ad quem, cuando sostuvieron que resulta no ser cierto el agravio puesto que se encuentra demostrado por la empresa demandada corroborado por la propia actora que el cargo que desempeño era de JEFE EN LINEA, resultando que la actora al ser persona de confianza se encuentra dentro de las excepciones previstas en el art. 46 de la LGT