Auto Supremo AS/0142/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2020

Fecha: 10-Mar-2020

En ese sentido, el desahucio que es reclamado por la recurrente bajo el fundamento de

En ese sentido, el desahucio que es reclamado por la recurrente bajo el fundamento de que se habría acogido a un despido indirecto como emergencia del acoso laboral al que habría sido sometida y por la falta de pago de sueldos, no es correcta, porque se evidencia que la demandante renunció a su trabajo de manera voluntaria, por lo que el pago del desahucio como erradamente pretende la actora, no corresponde, toda vez que la única razón para dicho pago es que la trabajadora hubiera sido despedida de manera intempestiva y sin causa justificada, conforme determina el art. 13 de la LGT, concordante con los arts. 8 del DR-LGT y 3-III de la RM N° 107 de 23 de febrero de 2010, extremo que no sucedió en el caso de análisis, puesto que como se fundamentó precedentemente, la actora se retiró voluntariamente de su fuente laboral, por lo que fue correcta la decisión asumida por el Tribunal de alzada; por tanto, no se encuentra que fuera evidente la vulneración acusada