Auto Supremo AS/0142/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2020

Fecha: 10-Mar-2020

Sobre el recurso de casación interpuesto por la Empresa “Nova Moda” SRL

Admisión:
Mediante Auto de 26 de septiembre de 2019 (fs. 198), la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia resolvió admitir los recursos de casación, de fs. 173 a 176 y de fs. 178 a 187, interpuestos por la demandada Empresa “Nova Moda” SRL, representada por Jorge Gabriel Ramos Colque, y la demandante Valeria Soledad Mendieta Zacca, por lo que se pasan a resolver:
III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Sobre el recurso de casación interpuesto por la Empresa “Nova Moda” SRL:
1.- En cuanto a la invocación que realiza el recurrente respecto a que no se debe incluir conceptos ajenos al salario promedio indemnizable; el art. 19 de la Ley General del Trabajo (LGT) dispone: "El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses”. Por su parte, el art. 1 de la Ley de 9 de noviembre de 1940, establece que a efectos de pago de indemnizaciones, desahucios, etc., se consolidan como sueldo único los sueldos básicos, las bonificaciones legales, las voluntarias y toda otra remuneración percibida. Finalmente, la primera parte del art. 11 del DS Nº 1592 de 19 de abril de 1949, señala que "El sueldo o salario indemnizable comprenderá el conjunto de dinero que perciba el trabajador incluyendo las comisiones y participaciones, así como los pagos por horas extraordinarias, trabajo nocturno y trabajo en días feriados, siempre que unos y otros revistan carácter de regularidad dada la naturaleza del trabajo de que se trate". (Subrayado añadido)