Auto Supremo AS/0284/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Así pues no debió confundir el recurrente, criterios de jurisdicción con mandatos de competencia, pues


Así pues no debió confundir el recurrente, criterios de jurisdicción con mandatos de competencia, pues la determinación del tribunal competente no es una cuestión fortuita o casual, sino que responde a criterios establecidos por la ley. La atribución de competencia queda regulada por el art. 43 del CPP, en cuanto jerarquía y por los arts. 51 al 56 en cuanto funciones y competencias específicas, si bien por el último párrafo del art. 44 del propio Código, el juez o tribunal que sea competente para conocer de un proceso penal, lo será también para decidir todas las cuestiones e incidentes que se susciten en el curso de su tramitación, así como para dictar las resoluciones respectivas y ejecutarlas; ello no significa que las cuestiones e incidentes aludidos sean presentados fuera de los márgenes, requisitos y formas que la propia norma reconoce