En el caso de la jurisdicción penal el art
En el caso de la jurisdicción penal el art. 42 del CPP, ordena que corresponde a la justicia penal el conocimiento exclusivo de todos los delitos, así como la ejecución de sus resoluciones, según lo establece ese Código, definiendo también que la jurisdicción penal es irrenunciable e indelegable, asimismo por el art. 44 de la misma norma se ordena a los jueces y tribunales de la justicia penal que la competencia en esta materia es improrrogable. Los márgenes sobre jurisdicción y competencia aquí anotados poseen carácter taxativo y no pueden ser extendidos por persona o poder alguno, como tampoco ninguna autoridad jurisdiccional está legitimada para requerir su ampliación, modificación o restricción, al constituir una lesión al derecho al juez natural y al propio sistema orgánico de la administración de justicia
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Mikhail Alfredo Durán Calla, formuló recurso de apelación restringida
- El recurrente acusa que el Auto de Vista 029/2019, se halla viciado de nulidad por
- II
- Más adelante, en escrito de fecha 20 de septiembre de 2017, el apelante, solicitó al
- El Vocal Arias Aguilar, a la sazón Presidente del Tribunal de alzada, dispuso que previo
- Que, habría hecho conocer al Tribunal de alzada que el presente proceso penal cuenta con
- Que, el Tribunal de alzada inobservó el art
- III
- En tal sentido, corresponde aclarar que por los arts
- Así, cuando el legislador organiza el sistema judicial lo divide –en el caso boliviano- en
- En el caso de la jurisdicción penal el art
- Así pues no debió confundir el recurrente, criterios de jurisdicción con mandatos de competencia, pues
- En el caso de la Sala Penal Segunda, su competencia fue abierta a partir de
- Así las cosas, las actuaciones realizadas por el imputado en cuanto fue su solicitud de
- Indagar sobre las posibilidades de actuación de los Tribunales de alzada en cuanto su labor
- El recurso de apelación restringida, tomado en cuenta como el medio legal para la puesta
- Tal recurso, en tanto medio impugnatorio normado, si bien se constituye como la materialización de
- La activación de un trámite recursivo, refleja la inconformidad de quien recurre con lo declarado
- El art
- En autos, la parte imputada, no obstante haber activado recurso de apelación restringida, amparado en
- Siendo evidente las infracciones denunciadas, en relación a la inobservancia del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
