Auto Supremo AS/0284/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

La activación de un trámite recursivo, refleja la inconformidad de quien recurre con lo declarado


La activación de un trámite recursivo, refleja la inconformidad de quien recurre con lo declarado en una resolución judicial, así como la manifiesta voluntad personal, oportuna y expresa del impugnante de procurar se la anule o rectifique. Visto en panorama, si bien el recurso es un mecanismo con el cual el justiciable ejerce el derecho de impugnación en los procesos judiciales, no supone un deber ni menos una obligación que las partes posean ante las resoluciones de los jueces o tribunales, sino se trata más bien de una facultad, un derecho que la ley les otorga para enmendar fallos judiciales que consideren, por lo cual la interposición de un recurso al no ser obligatoria, es desistible