La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación formulado por Brenda Llanos Robles, representando a Javier Eduardo Zabaleta López; y, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 47 de 30 de agosto de 2018, pronunciado por Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, disponiendo que ese mismo Tribunal, sin espera de turno, renueve el acto en conformidad a los razonamientos doctrinarios establecidos en la presente Resolución
- Por memorial presentado el 26 de agosto de 2019, fs
- Dictado el Fallo, habiendo las partes renunciado al plazo de impugnación, la defensa invocando el
- La Sala en conocimiento del citado recurso, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo
- La entidad recurrente solicitó que “el Tribunal Supremo al analizar los fundamentos…del recurso, en resguardo
- Finalmente el Ministerio Público, expuso que, teniendo en cuenta que la calificación jurídica es provisional,
- En la misma audiencia, el Ministerio de Gobierno, por medio de su representante exteriorizó
- En igual sentido, el acta de aquella audiencia reporta la participación del abogado defensor de
- Por otro lado, la Juez de Instrucción Décimo, brindó el uso de la palabra a
- Más adelante, el mismo Fallo, habiendo los imputados y el Ministerio Público renunciado apelar, y
- II
- En cuanto a la adhesión de la apelación restringida interpuesta por el Ministerio de Defensa,
- Finalmente la Sala Penal Tercera consideró que
- La entidad recurrente considera que su derecho al debido proceso postulado en los arts
- III
- Por otro lado, la Ley 1970, atribuye a la víctima un amplio nivel de participación
- La regulación normativa optada por el Legislador, ciertamente tiene como fin y bien jurídico tutelado
- No obstante tal oposición, y emitida la Sentencia 1/2018, el Ministerio de Gobierno opuso recurso
- Ahora bien, por un lado, como quedó señalado anteriormente la vinculación procesal del Ministerio de
- Lo señalado por el Tribunal de apelación, en sentido de cuestionar la presencia del Ministerio
- Esta norma ordena al juez o tribunal promueva una acción viva sobre las condiciones en
- Por lo hasta aquí expuesto, y siendo evidentes las infracciones denunciadas, en relación a la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
