Auto Supremo AS/0297/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2020

Fecha: 09-Jul-2020

Consiguientemente, corresponde al empleador aportar los elementos de prueba que lo eximan del pago, al

Consiguientemente, corresponde al empleador aportar los elementos de prueba que lo eximan del pago, al evidenciarse que en materia laboral la carga de la prueba es obligatoria para la parte patronal, conforme disponen los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT, es decir, que en materia laboral rige el principio de inversión de la prueba, correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador. En este contexto, en el caso objeto de análisis, se advierte que la empresa no presentó los balances generales, por lo que corresponde el pago de primas, correctamente fijado por el Tribunal Ad quo y confirmado por el Tribunal Ad quem, al estar demostrado además el tiempo de permanencia del trabajador difunto en la empresa