CONSIDERANDO III
El recurso de casación no expone los agravios del cual fue afectado, solamente reitera por segunda vez que la resolución dictada por la juez A quo le ocasiona un perjuicio e incertidumbre. Por otra parte, menciona que las pruebas no fueron apreciadas de forma correcta sobre el extremo, el art. 450 del Código Civil, señala: (…) que el contrato es el acuerdo de dos o más partes para constituir, modificar o extinguir entre si una relación jurídica patrimonial. Asimismo, el art. 491 (Contratos y actos que debe hacerse por documento público) señala que “Deben celebrase por documento público. 3) La anticresis”. De lo referente se establece que el documento público surte los efectos respectivos a terceros solo después del día de su inscripción en registro.
Refirió que se demostró cabalmente la nulidad de dicho documento. Se probó mediante sentencia declarativa que el documento no tiene validez, en consecuencia, no tendría ningún efecto respecto a las partes.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la legitimación procesal para impugnar
Refirió que se demostró cabalmente la nulidad de dicho documento. Se probó mediante sentencia declarativa que el documento no tiene validez, en consecuencia, no tendría ningún efecto respecto a las partes.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la legitimación procesal para impugnar
- Proceso: Nulidad de contrato de anticresis
- Distrito: La Paz
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Adela Ochoa de Olorio,
- De las denuncias expuestas por Adela Ochoa de Olorio mediante memorial de fs
- Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
- De la contestación al recurso
- CONSIDERANDO III
- El art
- Por otra parte, la SCP Nº 1853/2013 de 29 de octubre estableció que: “Así en
- Del estudio del recurso de casación, si bien expone una división entre fondo y forma,
- Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la
- III.3. Del contrato de anticresis
- Sobre este tipo de contratos este máximo Tribunal Supremo de Justicia en el A
- Asimismo, el art
- CONSIDERANDO IV
- Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para
- dispositivo, no pudiendo la recurrente controvertir derechos ajenos al no generarle gravamen, por cuanto lo
- Previamente enfocamos que la garantía del debido proceso comprende entre sus elementos la existencia de
- Es necesario enfatizar que el contrato de anticrético de acuerdo a lo referido en el
- En el caso concreto del estudio del documento cursante a fs
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
