Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
Aduce que de la revisión del contrato ahora en estudio a fs. 2 y vta., se evidencia que otra es la intencionalidad de las partes, y no la de celebrar un contrato solemne de anticresis, no adecuándose la juez de primera instancia, a las normas legales establecidas, careciendo de formalidades y solemnidades que estipula la ley, alegando que la intención, de ambas partes fue suscribir un contrato innominado, al no presentar características propias de un contrato de anticresis, lo cual se desprende de la cláusula tercera, donde introdujo la palabra precio que no es propia de un contrato de anticresis, omitiendo las reglas de contrato.
Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
- Proceso: Nulidad de contrato de anticresis
- Distrito: La Paz
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Adela Ochoa de Olorio,
- De las denuncias expuestas por Adela Ochoa de Olorio mediante memorial de fs
- Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
- De la contestación al recurso
- CONSIDERANDO III
- El art
- Por otra parte, la SCP Nº 1853/2013 de 29 de octubre estableció que: “Así en
- Del estudio del recurso de casación, si bien expone una división entre fondo y forma,
- Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la
- III.3. Del contrato de anticresis
- Sobre este tipo de contratos este máximo Tribunal Supremo de Justicia en el A
- Asimismo, el art
- CONSIDERANDO IV
- Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para
- dispositivo, no pudiendo la recurrente controvertir derechos ajenos al no generarle gravamen, por cuanto lo
- Previamente enfocamos que la garantía del debido proceso comprende entre sus elementos la existencia de
- Es necesario enfatizar que el contrato de anticrético de acuerdo a lo referido en el
- En el caso concreto del estudio del documento cursante a fs
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
