Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0338/2020
Fecha: 04-Sep-2020
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Proceso: Nulidad de contrato de anticresis
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Distrito: La Paz
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Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Adela Ochoa de Olorio,
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De las denuncias expuestas por Adela Ochoa de Olorio mediante memorial de fs
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Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
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De la contestación al recurso
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CONSIDERANDO III
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El art
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Por otra parte, la SCP Nº 1853/2013 de 29 de octubre estableció que: “Así en
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Del estudio del recurso de casación, si bien expone una división entre fondo y forma,
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Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la
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III.3. Del contrato de anticresis
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Sobre este tipo de contratos este máximo Tribunal Supremo de Justicia en el A
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Asimismo, el art
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CONSIDERANDO IV
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Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para
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dispositivo, no pudiendo la recurrente controvertir derechos ajenos al no generarle gravamen, por cuanto lo
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Previamente enfocamos que la garantía del debido proceso comprende entre sus elementos la existencia de
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Es necesario enfatizar que el contrato de anticrético de acuerdo a lo referido en el
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En el caso concreto del estudio del documento cursante a fs
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Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
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Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
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