Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para
Antes de ingresar al análisis de lo reclamado corresponde reiterar lo expuesto en el acápite III. I. inherente a la legitimación procesal para impugnar, donde se enfatizó que el agravio y/o perjuicio sufrido es el elemento fundamental que habilita el interés legítimo para recurrir, no bastando la sola declaración de impugnar o recurrir, sino que requiere además el perjuicio cierto real evidente y fundamentado que den méritos al impugnante, caso contrario el recurso se convierte en un instrumento de las partes.
Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para mayor claridad corresponde precisar algunos antecedentes, de obrados se evidencia que la demandante por escrito de f. 18 a 19 vta., realizó una serie de solicitudes entre ellas y de manera accesoria el pago de daños y perjuicios, sin embargo, de la revisión minuciosa de la sentencia cursante de fs. 51 a 53 vta., en la parte resolutiva no se pronunció sobre esta pretensión
Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para mayor claridad corresponde precisar algunos antecedentes, de obrados se evidencia que la demandante por escrito de f. 18 a 19 vta., realizó una serie de solicitudes entre ellas y de manera accesoria el pago de daños y perjuicios, sin embargo, de la revisión minuciosa de la sentencia cursante de fs. 51 a 53 vta., en la parte resolutiva no se pronunció sobre esta pretensión
- Proceso: Nulidad de contrato de anticresis
- Distrito: La Paz
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Adela Ochoa de Olorio,
- De las denuncias expuestas por Adela Ochoa de Olorio mediante memorial de fs
- Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
- De la contestación al recurso
- CONSIDERANDO III
- El art
- Por otra parte, la SCP Nº 1853/2013 de 29 de octubre estableció que: “Así en
- Del estudio del recurso de casación, si bien expone una división entre fondo y forma,
- Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la
- III.3. Del contrato de anticresis
- Sobre este tipo de contratos este máximo Tribunal Supremo de Justicia en el A
- Asimismo, el art
- CONSIDERANDO IV
- Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para
- dispositivo, no pudiendo la recurrente controvertir derechos ajenos al no generarle gravamen, por cuanto lo
- Previamente enfocamos que la garantía del debido proceso comprende entre sus elementos la existencia de
- Es necesario enfatizar que el contrato de anticrético de acuerdo a lo referido en el
- En el caso concreto del estudio del documento cursante a fs
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
