Auto Supremo AS/0349/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2020

Fecha: 07-Sep-2020

A efecto de dar respuesta al agravio concierne remitirnos a lo manifestado por el Ad

A efecto de dar respuesta al agravio concierne remitirnos a lo manifestado por el Ad quem quien sostuvo:“…bajo la misma línea, debemos responder a los argumentos referidos sobre la excepción de pago, la cual, y por congruencia, debió ser declarada probada, aun cuando en la causa no se halle conexita entre las pretensiones, pues como se dijo, fue el órgano judicial quien yerro en la admisión, empero el resultado no cambia, habida cuenta que efectivamente la prueba arrimada a la causa, en especial la Escritura Pública N°207 de 12 de marzo de 2015 cursante a fs. 182-183, acreditaron el cumplimiento de la obligación que mantenía el codemandado Nicolás Wilfredo Heredia García con el causante de los litigantes”