transferencia de acciones
Establecida la diferencia que existe entre ambos términos (activos y acciones), de la revisión de la resolución recurrida en casación se observa que el Tribunal Ad quem, en el Considerando IV de esa resolución (Fs. 494) señaló que: “no puede pretenderse dar efectividad al contrato de transferencia de acciones de fecha 26 de noviembre de 2012, toda vez que dicho contrato no fue debidamente registrado ante la entidad pertinente en dicho momento “FUNDEMPRESA””. De lo expuesto, se evidencia la existencia de error de términos, porque la Escritura Pública Nº 1148/2012 de 26 de noviembre, cursante a fs. 81 y vta., a la cual se refiere el Tribunal de alzada, es sobre el traspaso de todos los bienes activos de la empresa y no así de acciones, como erróneamente interpretó el Tribunal de alzada; además, que una Sociedad de Responsabilidad Limitada conforme establece el art. 195 del Código de Comercio, está dividida en cuotas de capital. En consecuencia, realizada esa aclaración, que en nada modifica la decisión asumida por los jueces de instancia, corresponde dar respuesta a los reclamos expresados en los recursos de casación.
- VISTOS:
- Fragmento 2
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 3.
- En cuanto a la disolución
- la disolución es el momento en el que se verifica una causa legal o contractual que pone fin a la etapa en que debe cumplir el objeto establecido en el contrato
- En cuanto a la liquidación
- supone el conjunto de operaciones necesarias para concluir los negocios pendientes de la sociedad disuelta
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- transferencia de acciones
- Fragmento 12
- bienes activos de la empresa
- “traspaso todos los activos”
- que es la liquidación
- POR TANTO:
