10.
10.Finalmente, acusaron que, la observación de que debió encaminarse la demanda inicial para comprobar la existencia de la sociedad accidental y sus socios, la hicieron porque es el juez de la causa el llamado a exigir que se cumplan con todos los requisitos que debe llevar una demanda y que se encuentran previstos en el art 110 del CPC bajo pena de darla por no presentada con la facultad otorgada por el art. 113 del mismo cuerpo normativo.
- VISTOS:
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- 10.
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- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales.
- no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
- III.2. De la rendición de cuentas.
- la petición de rendición de cuentas supone la existencia probada del derecho de exigirlas y de la obligación de rendirlas.
- III.3. De la valoración de la prueba.
- La averiguación de la verdad es el objetivo fundamental de la actividad probatoria en el proceso judicial
- Ésta Tarea encomendada al Juez es de todo el universo probatorio producido en proceso (principio de unidad de la prueba), siendo obligación del Juez el de valorar en la Sentencia las pruebas esenciales y decisivas,
- POR TANTO:
