Auto Supremo AS/0388/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0388/2021

Fecha: 04-May-2021

8.

8.Refieren que también se incurrió en error de hecho al soslayar la prueba relativa a la intervención de Juan José Soria Vega como tercero interesado, ignorando que, de acuerdo a la prueba ofrecida, el por informe emitido por el GAM de La Paz, el Servicio de Impuestos Nacionales y la confesión provocada a la que fue diferido el actor se ha demostrado que es el único propietario del restaurante siendo los medios generados los únicos ingresos de subsistencia de éste.

8.Que ante la falta de rendición de cuentas y del pago de utilidades que le corresponde como a otro socio, se vio obligado a interponer el incidente de rendición de cuentas contra la demandada, y ante la rendición de cuentas totalmente insuficiente se vio obligado a impugnar la misma y así obtener el pago de las utilidades que le corresponde.