Auto Supremo AS/0406/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2021

Fecha: 10-May-2021

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Con carácter previo es menester señalar que en la presente causa la Resolución Constitucional N° 32/2021 de 18 de marzo emitida por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, ha dejado sin efecto el Auto Supremo N° 232/2020 de 19 de marzo, bajo el fundamento de que la citada resolución incurre en incongruencia externa, al no haber emitido pronunciamiento respecto a los puntos 2 y 5 de la contestación del recurso de casación, incongruencia interna referente al origen del derecho propietario de Javier Poveda Bellido y Olga Velasco de Poveda, insuficiente fundamentación y arbitraria motivación con relación a los parámetros y criterios empleados en la interpretación realizada y sin sustentar su decisión en el informe pericial; orientando en ese sentido que este Tribunal de casación atienda tres reclamos concretos del recurso de casación:

1.La denuncia de falta de fundamentación y análisis de los puntos 6 y 7 del recurso de casación, debido a que se omitió explicar cuáles son las pautas interpretativas para aplicar la Ley Nº 2718 al presente caso, para llegar a la conclusión de que la Ley Nº 4026 que no guarda relación con los puntos establecidos por el art. 1545 del Código Civil, ni a la excepción de usucapión y, finalmente, para establecer que los arts. 2 y 3 de la Ley Nº 4026 derogan todos los derechos adquiridos de buena fe por terceros.     

3.La carencia del Auto Supremo N° 232/2020 por no pronunciarse sobre cuál es la situación de los terrenos de los recurrentes, después de sostener que el derecho de los mismos habría quedado derogado como efecto de la Ley Nº 4026, haciendo referencia al informe pericial, sin explicar el objeto de este informe y su delimitación.