9)
9) Continúa señalando el AS 97 de 01 de abril de 2005, 479 de 08 de diciembre de 2005 y alega que en el caso de su juzgamiento no existe elemento de prueba idónea que involucre su participación dentro del caso de autos; el AS 479 de 08 de diciembre de 2005, referido a la carga de la prueba corresponde al acusador y que el Auto de Vista impugnado no tomó en cuenta, ni consideró que el Informe Genético excluye su ADN y no se tiene prueba idónea en contra de su persona, existiendo falta de pruebas de cargo; el AS 276/2020-RRC de 18 de marzo, que resolvió un caso del mismo delito “violación”, donde establece que de no tener convicción sobre la concurrencia de los presupuestos del tipo penal acusado, debiendo concluir con una sentencia absolutoria por razones de seguridad jurídica y conforme al in dubio pro reo, y por lo que no tomó en cuenta el Auto de Vista impugnado que no existe prueba idónea en su contra, existiendo evidente falta de prueba de cargo, estando vigente en aquel tiempo la figura de jueces ciudadanos, quienes se dejaron llevar por el tipo de delito, siendo injustamente condenado, sin considerar las contradicciones, ni dudas razonables a su favor.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 093/2022-RA
- Sucre, 15 de marzo de 2022
- ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- Proceso:
- I. DATOS GENERALES
- II. ANTECEDENTES
- II.1. Sentencia.
- declaró
- II.2. Apelación restringida.
- III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III.1. Recurso del imputado Juan Marcelo Jiménez Vera:
- 1)
- 2)
- III.2. Recurso del Recurso del imputado Martín Fabrica Gabriel:
- 3)
- 4)
- III.3. Recurso del Recurso del imputado Amilcar Apaza Vallejos:
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- 9)
- III. MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL PARA EL ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- Fragmento 26
- a)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo
- IV. EXAMEN DE ADMISIBLIDAD
- IV.1. Constatación del plazo de presentación.
- IV.2. Verificación de los requisitos de contenido.
- IV.2.1. Recurso del imputado
- primer motivo
- inadmisibilidad.
- segundo motivo,
- admisió
- IV.2.2. Recurso del imputado Martín Fabrica Gabriel.
- numerales 1), 2) y 3)
- motivos 1), 2) y 3)
- cuarto motivo
- IV.2.3. Recurso del imputado Martín Fabrica Gabriel.
- admisibilidad
- motivo 4)
- motivos 5), 6), 7 y 8)
- inadmisibles
- motivo 9)
- POR TANTO
- ADMISIBLE
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
- FDO.
- Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
- Magistrado Dr. Olvis Eguez Oliva
- Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca
