Auto Supremo AS/0093/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2022-RA

Fecha: 15-Mar-2022

admisió

En este caso, se observa que no se invocan precedentes contradictorios, lo cual genera el incumplimiento del art. 417 del CPP; sin embargo, de los argumentos denunciados, se advierte que el recurrente identifica el hecho concreto que le causa agravio y el argumento del Auto de Vista que habría originado la restricción; en este caso, que el Tribunal de alzada no hubiera considerado su denuncia sobre su grado de participación en el hecho ilícito atribuido y tampoco hubiera dado respuesta a la solicitud de anular la Sentencia y ordenar su reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia; precisando asimismo, la vulneración de su derecho al debido proceso; explicando en qué consistió las omisiones y deficiencias en que incurrió el Tribunal de alzada; y, el resultado dañoso emergente del defecto al precisar la omisión en a que incurriría el Auto de Vista; por lo que, se observaría que el recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo viable la admisión de este motivo en forma extraordinaria.