Sentencia SE/0036/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0036/2019

Fecha: 24-Abr-2019

Consecuentemente, resulta pertinente considerar que los contratos de prestación de servicios suscritos entre las Administradoras

Consecuentemente, resulta pertinente considerar que los contratos de prestación de servicios suscritos entre las Administradoras de Fondos de Pensiones con el Estado Boliviano, entre ellas el contrato de BBVA Previsión AFP S.A., se encuentran plenamente vigentes en cuanto a sus derechos y paralelamente obligaciones, entre las cuales emerge el deber de dar cumplimiento a la norma prevista en el art. 177 de la Ley N° 065, que prevé la continuidad de todas las obligaciones determinadas mediante contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley N° 1732, de Pensiones (1996), decretos supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la nueva Ley del Sistema Integral de Pensiones N° 065 (2010), y disposiciones reglamentarias