Sentencia SE/0036/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0036/2019

Fecha: 24-Abr-2019

De la misma manera, señala, que en este caso, existe identidad de fundamento, debido a

Argumenta que dentro del proceso sancionador, ahora impugnado mediante demanda contenciosa administrativa, concurre el factor identitario, puesto que existe identidad de sujetos, es decir, BBVA Previsión y EXATEC Ltda., también identidad de hecho, la sustanciación y tramitación de un solo proceso coactivo de la seguridad social; sin embargo, en este punto, la administración trata de identificar, hechos distintos al enumerar falta de diligencia, falta de medidas precautorias, y falta de citación, siendo que todos ellos vienen a ser lo mismo, es así que en esta conducta sancionada, manifiesta que, solo incurre una circunstancia fáctica, que es la supuesta falta de diligencia en la tramitación de los procesos que permiten su retraso, considerando que este proceso empieza con una sentencia, no tiene más trámite que la citación, dichos elementos deben tramitarse con diligencia y conjugan un solo hecho y no hechos distintos como quiere hacer ver la APS.

De la misma manera, señala, que en este caso, existe identidad de fundamento, debido a que el fundamento para sancionar recae sobre un mismo bien jurídico protegido, que no es otro, a decir de la APS los asegurados, que no cuentan con las contribuciones que por derecho les corresponden por el perjuicio expresado en el atraso de la recuperación y una misma supuesta infracción, al inc. v) del art. 149 de la Ley N° 065