Sentencia Rol 9904 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9904 - 2020

Fecha: 17-Jun-2021

0000244 DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO aclaración y enmienda” contra la sentencia de primera instancia, aduciendo que está sentencia había “omitido” por error la indemnización sustitutiva de aviso previo y la indemnización por años de servicio de la sentencia de primera instancia, lo que explica fue rechazado de plano por resolución del mismo mes y año

0000244 DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO aclaración y enmienda” contra la sentencia de primera instancia, aduciendo que está sentencia había “omitido” por error la indemnización sustitutiva de aviso previo y la indemnización por años de servicio de la sentencia de primera instancia, lo que explica fue rechazado de plano por resolución del mismo mes y año. Señala que, posteriormente, solicitó incorporar las indemnizaciones de aviso previo y por años de servicio. Luego, cuando el Tribunal emitió la liquidación del crédito en relación con el feriado proporcional y progresivo, el día 2 de julio 2020, el demandante presentó un escrito de “objeción de liquidación”, fundada en que debían adicionarse las indemnizaciones. Agrega que, teniendo presente que la sentencia definitiva ya había resuelto dicha materia, denegando expresamente las indemnizaciones, el Primer Juzgado Laboral de Santiago nuevamente, rechazó la presentación del demandante mediante resolución de 11 de junio 2020, criterio mantenido en un recurso de reposición interpuesto. Así, argumenta la requirente, a través de las acciones judiciales pertinentes, ya se había resuelto y zanjado, con carácter de cosa juzgada, que el demandante René Rojas no tenía derecho a las indemnizaciones. En nueva demanda de cobranza laboral, el actor, agrega la requirente, para obtener el pago de determinadas indemnizaciones derivadas del término de la relación laboral producida con fecha 15 de noviembre de 2018 y así poder acceder a un título ejecutivo que le permitiera iniciar directamente un procedimiento de cobranza, presentó como título ejecutivo la “carta de despido” que le fue entregada en noviembre 2018, donde se realizaría una oferta de pago de determinado monto por conceptos, entre otros, de “indemnización sustitutiva del aviso previo” y de “indemnización por años de servicios”. En esta nueva demanda el demandante alega que fue trabajador de ADMINISTRADORA PLAZA S.A, y fue despedido con fecha 15 de noviembre de 2018 por la causal de desahucio escrito del empleador, contemplada en el artículo 161, inciso segundo, del Código del Trabajo, aplicable a casos de confianza y que la empresa le habría ofrecido en la carta, las indemnizaciones (i) sustitutiva de aviso previo y (ii) por años de servicio. Comenta que la demanda ejecutiva laboral señala expresamente que su título ejecutivo de cobranza es la “carta de despido”, y señala que ésta tendría título ejecutivo. Así, se pretende por vía ejecutiva acceder a dos prestaciones que fueron expresamente denegadas por vía ordinaria. No obstante, señala que por aplicación de la norma cuestionada en autos se le impide oponer las excepciones de cosa juzgada y prescripción. Indica a fojas 20 que dicha aplicación con la limitación aludida, vulnera el derecho a la igualdad ante la ley, a la tutela judicial y al debido proceso y a la seguridad jurídica que necesariamente otorga la autoridad de cosa juzgada como características esenciales de la función jurisdiccional, contemplado en el artículo 19 N°2 y N° 3, y en el artículo 76 de la Constitución Política. 3