Sentencia Rol 9904 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9904 - 2020

Fecha: 17-Jun-2021

0000252 DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Contra esta sentencia el demandante interpuso recurso de nulidad del que conoció la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N°3084-2019, el que fue rechazado

0000252 DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Contra esta sentencia el demandante interpuso recurso de nulidad del que conoció la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N°3084-2019, el que fue rechazado. En cuanto a la solicitud de pago de las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva de aviso previo declaró “Undécimo: Que, al igual que la causal anterior, basta para rechazarla, aparte de que se interpone conjuntamente con todas las anteriores, el hecho de que la sentencia rechaza en todo lo demás la demanda subsidiaria, con lo que las indemnizaciones reclamadas por el recurrente han sido desestimadas”. Posteriormente, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago certificó que la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada (15 de mayo de 2020); DÉCIMO: Que, posteriormente, don René Rojas Rojas, ex trabajador de Administradora Plaza S.A., en virtud de su carta de despido (entregada el 15 de noviembre de 2018), demandó ejecutivamente para obtener el pago de determinadas indemnizaciones (las que fueron rechazadas en sede laboral). En el libelo manifestó que “La carta de despido […] contiene una oferta irrevocable de pago por la suma de $ 2.468.889 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, $27.157.779, por concepto de indemnización por años de servicio, y $9.641.442, que corresponde a feriado proporcional, con un indebido descuento de AFC. […] Cabe señalar que el monto de feriado legal ya fue pagado, con reajustes e intereses, pero únicamente porque la sentencia de la causa ROL T-50-2019, del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago así lo dispuso, mas no se han pagado los montos ofrecidos en la carta de despido correspondientes a las indemnizaciones legales, que suman un monto de $29.626.668, el cual venimos en demandar ejecutivamente en estos autos.”. Una vez iniciado el procedimiento ejecutivo ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago -que constituye la gestión judicial pendiente de estos autos- se despacha mandamiento de ejecución y embargo en contra de Administradora Plaza S.A. y se oponen las excepciones de cosa juzgada, y en subsidio el de falta de alguno de los requisitos o condiciones que la ley dispone para que el título tenga fuerza ejecutiva; y de prescripción. Las que se tienen por opuestas, encontrándose pendiente su resolución. En el entendido anterior, se aprecia que el extrabajador, utilizando la carta de despido como título ejecutivo, demanda ejecutivamente prestaciones que habían sido rechazadas por el juez laboral y confirmadas por la Corte de Apelaciones de Santiago. De esta forma, se controvierte la oportunidad en que el ejecutante demanda ejecutivamente una cuestión que ya había sido resuelta, por ello, el ejecutado debe tener la amplia gama de excepciones para su defensa; COSA JUZGADA DÉCIMO PRIMERO: Que, en relación a las excepciones opuestas del artículo 464 N°17 y N°18 del CPC, este Tribunal se ha pronunciado en otras oportunidades acerca de ellas, al conocer del tantas veces citado artículo 470. 11