I. ANTECEDENTES
1. María Luisa Rodríguez Peñaranda interpuso una acción de tutela en contra de la PGN, en particular contra la Procuraduría Primera Distrital de Instrucción y la Procuraduría delegada Disciplinaria de Instrucción Segunda, con el fin de solicitar el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso con enfoque de género, acceso a la administración de justicia, no discriminación y a una vida libre de violencias. Esto debido a que, a su juicio, el Ministerio Público no cumplió con varios de sus deberes constitucionales y legales en el trámite y en las decisiones adoptadas en el proceso disciplinario con radicado IUS-E-2019-504700. Para sustentar la acción de tutela, la demandante presentó los hechos que se sintetizan a continuación.
- Encabezado
- Sentencia
- I. ANTECEDENTES
- 1. Hechos[2]
- 2. Acción de tutela seleccionada para revisión
- 3. El trámite procesal
- 4. Sentencias objeto de revisión
- 5. Hechos posteriores a la interposición de la acción de tutela (21 de mayo de 2024)
- 6. Actuaciones en Sede de Revisión
- 1. Competencia
- 2. Cuestión preliminar
- 3. Delimitación del caso, formulación del problema jurídico y esquema de la decisión
- 4. El derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias[62]
- 6. Examen de procedencia de la acción de tutela objeto de estudio[110]
- 7. Cuestión final
- RESUELVE
