Auto Constitucional A 659/17

Fecha: 05-Dic-2017

1. El señor Jaime Avella Sánchez, actuando en nombre propio, presentó acción de tutela contra Médicos Asociados S.A. y el Centro Médico San Juan de Ávila, instituciones que le negaron el suministro de pañales desechables bajo el argumento que dichos insumos no hacían parte del POS. Por lo anterior, solicitó la protección de sus derechos fundamental...

Auto Constitucional A 660/17

Fecha: 05-Dic-2017

2. La señora Chiquillo Tavera adquirió el estatus de pensionada el 9 de marzo de 2007. CAJANAL, mediante Resolución No. 47744 del 5 de octubre de 2007, reconoció a favor de la referida señora una pensión de vejez por el monto de $3’819.903,85 resultante del 75 % del promedio de lo devengado en los últimos diez años de servicio. 4. En su demanda la ...

Auto Constitucional A 661/17

Fecha: 06-Dic-2017

ARTÍCULO 1º. (Modificado por el artículo 1 de la Ley 854 de 2003) Entiéndase afectado a vivienda familiar el bien inmueble adquirido en su totalidad por uno o ambos cónyuges, antes o después de la celebración del matrimonio destinado a la habitación de la familia.http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0258_1996.html - top ...

Auto Constitucional A 662/17

Fecha: 06-Dic-2017

4. Primero, el actor sostiene que la norma demandada viola el derecho a la igualdad, al otorgar ayudas humanitarias a las víctimas por valores diferentes, a saber: para algunos 17 salarios mínimos legales mensuales vigentes y para otros 27 salarios. En su opinión, este tratamiento diverso pone también de presente la ausencia de una reparación integ...

Auto Constitucional A 663/17

Fecha: 06-Dic-2017

Luego de que se profirió la Sentencia C-421 de 2006[1], el Consejo Superior de la Carrera Notarial expidió el Acuerdo 01 del 16 de noviembre de 2006 “[p]or el cual se convoca a concurso público y abierto para el nombramiento de los notarios en propiedad y el ingreso a la carrera notarial”, que culminó con la conformación de listas de elegibles para...

Auto Constitucional A 664/17

Fecha: 06-Dic-2017

“Vigésimo noveno.- ORDENAR al Consorcio a cargo de la administración del PAR de TELECOM que en el término máximo de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta sentencia, si aún no lo ha hecho, les pague la indemnización de que trata el artículo 24 del Decreto 1615 de 2003 a los señores Wilson José Daza Daza (T-2546795), Diana Patricia ...

Auto Constitucional A 665/17

Fecha: 06-Dic-2017

2.- Con anterioridad, el 16 de noviembre de 2017, la Secretaría General envió al despacho del Magistrado Sustanciador el oficio PS-2521 del 14 de noviembre del año en curso, proferido por la presidencia de esta Corporación, por medio del cual se corre traslado del oficio CSJBTO17-7366 del 9 de octubre de 2017, remitido por la Secretaria General del...

Auto Constitucional A 667/17

Fecha: 07-Dic-2017

3.- La accionante impugnó el fallo del a-quo y su conocimiento en segunda instancia fue asignado a la Sala Singular Civil-Familia del Tribunal Superior de Buga, la cual, a través de auto del 27 de junio de 2017, resolvió declarar la nulidad de todo lo actuado, al encontrar que el juez de primera instancia era incompetente para conocer del caso. La ...

Auto Constitucional A 668/17

Fecha: 07-Dic-2017

4. Así, el expediente fue repartido el 28 de julio de 2017, a la Sala Unitaria de Decisión Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto. Mediante auto del 1º de agosto de 2017, dicha autoridad judicial sostuvo que de conformidad con la Circular CSJNAC17-14 del 31 de marzo de 2017, proferida por el Consejo Seccional de la Judic...

Auto Constitucional A 669/17

Fecha: 07-Dic-2017

2. Por reparto le correspondió su conocimiento al Juzgado Setenta y Uno Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, quien mediante auto del 4 de octubre de 2017 manifestó que, en tanto la sociedad accionada tenía su domicilio en el municipio de Chía, de conformidad con el artículo 1º del Decreto 1382 de 2000, no era competente pa...

Auto Constitucional A 670/17

Fecha: 07-Dic-2017

2. El asunto fue repartido al Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Chiquinquirá, quien a través de auto del 14 de agosto de 2017, resolvió declararse incompetente para conocer el asunto al considerar que la tutela se dirige, contra funcionarios y entidades del orden municipal, que no tienen la condic...

Auto Constitucional A 671/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. Esta Corporación, como máximo tribunal de la jurisdicción constitucional, es competente para resolver los conflictos de competencia que se susciten dentro de los procesos de tutela cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de un superior jerárquico común[1]. Incluso, en caso de que exista un superior jerárquico común, en virtud de ...

Auto Constitucional A 672/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. La Corte Constitucional es competente para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela tanto en los casos en que no existe un superior jerárquico común entre las autoridades involucradas, como en aquellos en los que a pesar de que lo poseen, en virtud de los principios de celeridad y sumariedad que rigen la acción de tutela, y del...

Auto Constitucional A 673/17

Fecha: 07-Dic-2017

2. Según se desprende del acta individual de reparto correspondiente, la acción de tutela fue asignada al Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Pasto, el cual, mediante fallo del 28 de junio de 2017 decidió “CONCEDER la tutela instaurada por el señor PEDRO ANTONIO CELSO RAMOS[3]”. Igualmente, ordenó “al Representante Legal de la Asociación Mutu...

Auto Constitucional A 674/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. Esta Corporación, como máximo Tribunal de la Jurisdicción Constitucional, es competente para dirimir los presuntos conflictos de competencia que se susciten dentro de procesos de tutela, cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de superior jerárquico funcional común, o en aquellos casos en que, existiendo,[6] sea necesario que la ...

Auto Constitucional A 675/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sostenido que, por regla general, la solución de los conflictos de competencia en materia de tutela le corresponde al superior jerárquico común de las autoridades judiciales entre las cuales se presenta la colisión[4]. Asimismo, que la competencia de esta Corporación para conocer y dirimir esta cla...

Auto Constitucional A 676/17

Fecha: 07-Dic-2017

2. El asunto fue repartido al Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá, quien a través de auto del 31 de octubre de 2017, resolvió declararse incompetente para conocer el asunto al considerar que la tutela se dirige, contra una entidad del orden nacional, que ejerce sus funciones bajo las reglas de la desconcentración. 2. Ahora bien, la jurisp...

Auto Constitucional A 677/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. Esta Corporación, como máximo tribunal de la jurisdicción constitucional, es competente para resolver los conflictos de competencia que se susciten dentro de los procesos de tutela cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de un superior jerárquico común[1]. Incluso, en caso de que exista un superior jerárquico común, en virtud de ...

Auto Constitucional A 678/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sostenido que, por regla general, la solución de los conflictos de competencia en materia de tutela le corresponde al superior jerárquico común de las autoridades judiciales entre las cuales se presenta la colisión. Asimismo, que la competencia de esta Corporación para conocer y dirimir esta clase ...

Auto Constitucional A 679/17

Fecha: 07-Dic-2017

1. La Corte Constitucional es competente para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela tanto en los casos en que no existe un superior jerárquico común entre las autoridades involucradas, como en aquellos en los que a pesar de que lo poseen, en virtud de los principios de celeridad y sumariedad que rigen la acción de tutela, y del...