Auto Constitucional A 702/17

Fecha: 13-Dic-2017

2. El asunto fue repartido al Juzgado 1º Penal Municipal de Puerto Tejada (Cauca), quien a través de auto del 14 de septiembre de 2017, resolvió declararse incompetente para conocer la acción de tutela, con fundamento en que la entidad accionada es “(…) una empresa del orden Departamental vinculada al Ministerio de Transporte, y conforme a lo dispu...

Auto Constitucional A 703/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sostenido que, por regla general, la solución de los conflictos de competencia en materia de tutela le corresponde al superior jerárquico común de las autoridades judiciales entre las cuales se presenta la colisión[1]. Asimismo, que la competencia de esta Corporación para conocer y dirimir esta cla...

Auto Constitucional A 704/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. Esta Corporación, como máximo Tribunal de la Jurisdicción Constitucional, es competente para resolver los presuntos conflictos de competencia que se susciten dentro de procesos de tutela, cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de superior jerárquico funcional común, o en aquellos casos en que, existiendo,[1] sea necesario que la...

Auto Constitucional A 705/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. La Sala Plena de esta Corporación es competente para resolver el conflicto de competencia de la referencia[6], pues si bien las autoridades judiciales en debate tienen un superior jerárquico en común[7], como lo es la Sala Mixta del Tribunal Superior de Pasto, en la presente oportunidad, en virtud de los principios de eficacia y celeridad que ca...

Auto Constitucional A 706/17

Fecha: 13-Dic-2017

3. El 25 de agosto de 2017, el Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño – Sala Jurisdiccional Disciplinaria, instancia a la que correspondió por reparto el conocimiento del asunto, decidió rechazar el análisis del mismo al estimar que “el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, establece que las impugnaciones deben ser asumidas por el superior je...

Auto Constitucional A 707/17

Fecha: 13-Dic-2017

4.- La tutela fue impugnada por la EPS Emssanar, correspondiéndole el asunto a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño, quien mediante proveído del 22 de agosto de 2017, dispuso devolver el asunto a la Oficina Judicial para que fuera remitido a los magistrados que integran la Sala Unitaria Civil-Familia...

Auto Constitucional A 708/17

Fecha: 13-Dic-2017

4. Así, el expediente fue repartido el 15 de agosto de 2017, a la Sala Unitaria de Decisión Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto. Mediante auto del 18 de agosto de 2017, dicha autoridad judicial sostuvo que de conformidad con la Circular CSJNAC17-14 del 31 de marzo de 2017, proferida por el Consejo Seccional de la Judi...

Auto Constitucional A 709/17

Fecha: 13-Dic-2017

4. Por reparto, el conocimiento de la impugnación le correspondió al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala Laboral, Corporación que con auto del 3 de agosto de 2017 devolvió el recurso al Juzgado Quinto Penal del Circuito de Pasto al considerar que le corresponde su conocimiento al superior jerárquico y funcional de la mencionada a...

Auto Constitucional A 710/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sostenido que, por regla general, la solución de los conflictos de competencia en materia de tutela le corresponde al superior jerárquico común de las autoridades judiciales entre las cuales se presenta la colisión[2]. Asimismo, que la competencia de esta Corporación para conocer y dirimir esta cla...

Auto Constitucional A 711/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. Esta Corporación, como máximo Tribunal de la Jurisdicción Constitucional, es competente para dirimir los presuntos conflictos de competencia que se susciten dentro de procesos de tutela, cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de superior jerárquico funcional común, o en aquellos casos en que, existiendo,[2] sea necesario que la ...

Auto Constitucional A 712/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. La Corte Constitucional es competente para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela tanto en los casos en que no existe un superior jerárquico común entre las autoridades involucradas, como en aquellos en los que a pesar de que lo poseen, en virtud de los principios de celeridad y sumariedad que rigen la acción de tutela, y del...

Auto Constitucional A 713/17

Fecha: 13-Dic-2017

2. El 2 de noviembre de 2017, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, autoridad judicial a la que correspondió el reparto del asunto, rechazó la competencia para pronunciarse sobre la tutela de la referencia, al considerar que “la acción de tutela se interpuso en contra de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia...

Auto Constitucional A 714/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. Esta Corporación, como máximo Tribunal de la Jurisdicción Constitucional, es competente para resolver los presuntos conflictos de competencia que se susciten dentro de procesos de tutela, cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de superior jerárquico funcional común, o, en aquellos casos en que, existiendo[2], sea necesario que l...

Auto Constitucional A 716/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. La Sala Plena de la Corte Constitucional, como máximo Tribunal de la Jurisdicción Constitucional, es competente para resolver los conflictos de competencia que se presenten dentro de los asuntos de tutela cuando las autoridades judiciales involucradas carezcan de un superior jerárquico común. Incluso en el caso de que exista dicho superior jerár...

Auto Constitucional A 717/17

Fecha: 13-Dic-2017

1. La Corte Constitucional es competente para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela tanto en los casos en que no existe un superior jerárquico común entre las autoridades involucradas, como en aquellos en los que a pesar de que lo poseen, en virtud de los principios de celeridad y sumariedad que rigen la acción de tutela, y del...

Auto Constitucional A 718/17

Fecha: 13-Dic-2017

6. Efectuado un nuevo reparto, la acción de tutela fue asignada a la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior de Buga, que mediante Auto del 20 de septiembre de 2017, decidió no asumir el conocimiento del asunto, sosteniendo que, en virtud de lo previsto en los artículos 86 de la Constitución Política y 37 del Decreto 2591 de...

Auto Constitucional A 719/17

Fecha: 13-Dic-2017

3. El 10 de noviembre de 2017, luego de haberse realizado el reparto ordenado, el Juzgado Promiscuo Municipal de Aracataca - Magdalena consideró que “la accionante tiene su domicilio en la ciudad de Bogotá, por lo que el Despacho remitente debió conocer la presente acción, por ser el elegido por el promotor del amparo, pues se trata de una competen...

Auto Constitucional A 720/17

Fecha: 13-Dic-2017

2. El asunto fue repartido a la Sala de Casación Penal -Sala de Decisión de Tutelas N° 3- de la Corte Suprema de Justicia, la cual a través de auto del 20 de octubre de 2017, avocó conocimiento de la demanda de tutela y dispuso vincular al trámite al Secretario del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Cali y a las partes e...

Auto Constitucional A 721/17

Fecha: 13-Dic-2017

3. En este orden de ideas, la acción de tutela fue repartida el 27 de septiembre de 2017, a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Dicha autoridad judicial, mediante auto del 28 de septiembre de 2017, sostuvo que de conformidad con la sentencia C-619 de 2012 “(…) con base en la cual se había creado por Reglamento Interno (arts...

Auto Constitucional A 722/17

Fecha: 13-Dic-2017

2. El conocimiento de la acción le fue asignado al Juzgado Diecisiete Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá que, mediante providencia del 25 de octubre de 2017, resolvió declarar improcedente el amparo solicitado por considerar que no se cumplió con el requisito de subsidiariedad al existir otros medios idóneos para reclamar lo pr...