ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 48/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 14 DE FEBRERO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIA: DANIELA CARRASCO BERGE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 48/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 14 DE FEBRERO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIA: DANIELA CARRASCO BERGE.

Fecha: 28-Oct-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema A, en los subapartados A.1 y A.2.

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema B.2. consistente en reconocer la validez de los artículos 119, fracción XI, 129 Bis, salvo sus párrafos primero, en sus porciones normativas "durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria declarada por la autoridad competente provocada por una enfermedad contagiosa", así como "y permanecerá vigente hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión", y segundo, en su porción normativa "y con discapacidad intelectual.", y 132 de la Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, adicionados y reformado, respectivamente, mediante el Decreto Núm. 443, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de febrero de dos mil veintiuno, así como la del artículo transitorio segundo del referido decreto.

Se aprobó por mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema B.1, consistente en reconocer la validez del artículo 129 Bis, primer párrafo, en sus porciones normativas "durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria declarada por la autoridad competente provocada por una enfermedad contagiosa", así como "y permanecerá vigente hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión", de la Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, adicionado mediante el Decreto Núm. 443, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diez de febrero de dos mil veintiuno. La señora Ministra y los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá y Esquivel Mossa votaron en contra. Los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena y González Alcántara Carrancá anunciaron sendos votos particulares.