ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 48/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 14 DE FEBRERO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIA: DANIELA CARRASCO BERGE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 48/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 14 DE FEBRERO DE 2022. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIA: DANIELA CARRASCO BERGE.

Fecha: 28-Oct-2022

V Precisión De La Litis

24. De conformidad con el artículo 41, fracción I, de la ley reglamentaria de la materia,(16) en relación con el diverso 73 del mismo ordenamiento,(17) se precisa que, partiendo de una lectura integral de la demanda, la accionante cuestiona efectivamente la constitucionalidad del sistema que regula el uso de cubrebocas, integrado por los artículos 119, fracción XI, 129 Bis, 132 y segundo transitorio, adicionados a la Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, contenidos en el Decreto 443, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el diez de febrero de dos mil veintiuno.

25. Lo anterior, dado que si bien en ciertas partes de su argumentación, pareciera plantearse una impugnación genérica al Decreto Número 443, lo cierto es que, en su único concepto de invalidez cuestiona la regularidad constitucional de las disposiciones que prevén el uso obligatorio del cubrebocas como medida de seguridad sanitaria.

26. En consecuencia, no se considera que la CNDH cuestione la constitucionalidad de las reformas realizadas en el mismo Decreto a las fracciones X y XII del artículo 119, siendo que, en particular, la última de ellas sólo tuvo un cambio de numeración.(18) Asimismo, no se considera que se cuestione el artículo primero transitorio que únicamente dispone la entrada en vigor del decreto, pues no guarda relación específica con el sistema que regula la medida sanitaria cuestionada.(19)