ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 122/2020. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 13 DE JULIO DE 2021. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ. SECRETARIO: LUIS MAURICIO RANGEL ARGÜELLES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 122/2020. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 13 DE JULIO DE 2021. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ. SECRETARIO: LUIS MAURICIO RANGEL ARGÜELLES.

Fecha: 25-Nov-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo

Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema 1, denominado "Parámetro de regularidad". El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votó en contra y anunció voto particular. El señor Ministro Gutiérrez Ortiz Mena anunció voto concurrente. La señora Ministra Ríos Farjat reservó su derecho de formular voto concurrente.

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por consideraciones distintas, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema 2, denominado "Concerniente a algunas de las definiciones establecidas en la Ley de Archivos para el Estado de Oaxaca", consistente en declarar infundado el concepto de invalidez alusivo a que el artículo 4, fracción XXVII, de la Ley de Archivos para el Estado de Oaxaca haya omitido definir a los entes públicos. El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunció voto concurrente.

Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá separándose de algunas consideraciones, Esquivel Mossa, Franco González Salas separándose de algunas consideraciones, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema 6, denominado "Disposiciones relativas al Archivo General del Estado de Oaxaca", consistente en reconocer la validez del artículo 100, salvo sus fracciones V y VI, de la Ley de Archivos para el Estado de Oaxaca, expedida mediante el Decreto Núm. 1193, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el quince de febrero de dos mil veinte. El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votó en contra. Los señores Ministros Aguilar Morales y Laynez Potisek anunciaron sendos votos concurrentes.

Se aprobó por mayoría de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema 7, denominado "La falta de regulación concerniente a los delitos en materia archivística previstos en la Ley General de Archivos", consistente en declarar infundada la omisión legislativa absoluta de la Ley de Archivos para el Estado de Oaxaca en cuanto a prever delitos en materia de archivos. La señora Ministra Esquivel Mossa y el señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.

Se aprobó por mayoría de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y Pérez Dayán, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo, en su tema 8, denominado "La falta de emisión de disposiciones transitorias en la Ley de Archivos para el Estado de Oaxaca, para la expedición del Estatuto Orgánico de su Archivo Estatal", consistente en declarar infundada la omisión legislativa de la Ley de Archivos para el Estado de Oaxaca en cuanto a prever artículos transitorios para que el Órgano de Gobierno del archivo general del Estado expida y publique su estatuto orgánico en un plazo no mayor a un año a la entrada en vigor de la ley local y el reglamento del Consejo Local en seis meses posteriores a dicha entrada en vigor. Los señores Ministros Franco González Salas y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.