ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 139/2019. SENADORAS Y SENADORES DE LA REPÚBLICA. 5 DE ABRIL DE 2022. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ. SECRETARIO: ALEJANDRO GONZÁLEZ PIÑA.
Fecha: 08-Jul-2022
V Destino Del Ahorro Obtenido
"Los resultados de dicha evaluación serán presentados ante el Ejecutivo Federal y deberán servir para retroalimentar y mejorar futuras medidas de austeridad republicana.
"...
"Séptimo. Dentro de los noventa días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, las Secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público emitirán los lineamientos para la operación y funcionamiento del Comité de Evaluación.
"La presidencia de dicho comité estará a cargo de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, quienes desempeñarán esta función en forma alterna por los periodos que señalen los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior."
151. Este Tribunal Pleno considera que los artículos 4, fracción II, 27 y séptimo transitorio de la LFAR satisfacen las exigencias del principio de seguridad jurídica, desarrollado en el epígrafe anterior, en cuanto a la integración del Comité de Evaluación previsto en la ley.
153. Los artículos 4, fracción II, y transitorio séptimo de la LFAR establecen que se trata de un órgano colegiado interinstitucional, cuya presidencia alternarán las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública conforme a los lineamientos que emitan, encargado en el ámbito de la administración pública federal de evaluar las medidas de austeridad republicana. El artículo 27, por su parte, atribuye al comité la responsabilidad de promover y evaluar las políticas y medidas de austeridad republicana de los entes públicos, mediante informes que remitirá anualmente a la Cámara de Diputados y al Ejecutivo Federal, quien deberá usar los resultados de la evaluación para retroalimentar y mejorar futuras medidas de austeridad republicana.
154. De la regulación del Comité de Evaluación en la LFAR, se advierte claramente que se trata de un órgano interinstitucional con un objetivo muy específico: evaluar las medidas de austeridad con el objetivo de proponer a la Cámara de Diputados y al Ejecutivo Federal, mejoras que podrían adoptar respecto de la política de austeridad en el gasto público federal. En este sentido, se trata de un órgano cuya función no consiste en fiscalizar ni controlar el gasto público federal, ni en generar por sí mismo políticas o medidas de austeridad que vinculen a otras entidades, poderes y órganos, ni mucho menos en emitir actos administrativos que trasciendan a los particulares. Su función se limita, exclusivamente, a evaluar los resultados de las medidas de austeridad que los entes obligados adopten conforme a la LFAR, con el objetivo de proponer a los órganos competentes mejoras que podrían realizarse en cuanto a la política de austeridad. En este sentido, sus funciones son equiparables a las de un órgano consultivo que está obligado a emitir anualmente opiniones de lege ferenda, para mejorar la regulación de la política de austeridad.
155. Ahora bien, el motivo de invalidez aducido por los accionantes es que la LFAR no establece la integración de ese comité, lo que a su juicio viola el principio de seguridad jurídica.
157. En este sentido, esas normas respetan las exigencias derivadas del principio de seguridad jurídica, pues en relación con la integración del mencionado Comité de Evaluación, no deben considerarse especialmente intensas tomando en cuenta que ese órgano no tiene como función emitir actos administrativos que pudieran afectar derechos fundamentales de particulares ni tomar, por sí mismo, medida alguna que afecte al funcionamiento de otras entidades y órganos del Estado respecto del uso de recursos públicos federales, además de que existe la necesidad, por razones de eficacia, de que sean las propias secretarías mencionadas quienes determinen la integración de dicho comité para su adecuado funcionamiento, sin que el hecho de que se habilite a las Secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público a emitir lineamientos que completen la integración del comité vulnere la seguridad jurídica, porque la LFAR establece lineamientos mínimos suficientes al respecto.(64) 158. Por ende, se reconoce la validez de los artículos 4, fracción I, 27 y transitorio séptimo de la LFAR.
159. Tema 5. Violación al principio de división de poderes en relación con los Poderes Legislativo y Judicial, y órganos autónomos. En otra parte del segundo concepto de invalidez se argumenta que no existe facultad constitucional expresa que permita que una legislación de austeridad se extienda a los tres poderes, por lo que no es el instrumento idóneo para legislar el gasto público de los Poderes Legislativo y Judicial, ni de los organismos autónomos y, en consecuencia, el artículo 1, párrafo segundo, y 4, fracción I de la LFAR violan la división de poderes, al someter a poderes autónomos a las fuerzas mayoritarias en turno.
- C Que Es Acorde Con El Principio De Legalidad
- Consideraciones
- En Consecuencia Ha Quedado Demostrado Que Los Senadores Accionantes Están Legitimados
- De La Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria El Artículo Segundo Párrafo
- Es Infundada Esta Causa De Improcedencia
- Tema Incertidumbre Respecto De La Integración Del Comité De Evaluación
- Tema Violación Al Principio De Taxatividad En Materia De Responsabilidades Administrativas
- Tema Invasión A La Facultad Presupuestaria De La Cámara De Diputados
- Este Tribunal Pleno No Comparte Esa Apreciación
- Es Infundado El Concepto De Invalidez
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Reformado Dof De Enero De
- Reformado Dof De Diciembre De
- Adicionado Dof De Noviembre De
- El Texto De Las Normas Impugnadas Es El Siguiente
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Se Entenderá Por
- Reformado Primer Párrafo Dof De Septiembre De
- V Destino Del Ahorro Obtenido
- El Concepto De Invalidez Es Infundado
- Las Normas Impugnadas Establecen Lo Siguiente
- Vii Se Prohíbe Remodelar Oficinas Por Cuestiones Estéticas O Comprar Mobiliario De Lujo Y
- Asimismo El Artículo De La Lfar Dispone
- Artículo
- Reformada Dof De Abril De
- Ilustran Lo Anterior En La Parte Relevante Los Siguientes Criterios
- Para Aplicar La Política De La Austeridad Republicana De Estado Los Entes Públicos Deberán
- Adicionada Dof De Mayo De
- Reformado Dof De Mayo De
- Adicionado Dof De Mayo De
- Reformado Primer Párrafo Dof De Mayo De
- Reformada Dof De Mayo De
- Reformada Dof De Julio De
- Reformado Dof De Julio De
- Es Fundado El Concepto De Invalidez
- El Texto De La Norma Impugnada Es El Siguiente
- Carácter Prohibición
- Autoridad Emitida Por El Congreso De La Unión
- Reformado Dof De Abril De
- Artículo Xiv De La Declaración Americana De Los Derechos Y Deberes Del Hombre
- Derecho Al Trabajo
- Los Comisionados Deberán Cumplir Los Siguientes Requisitos
- Artículo Para Ser Diputado Se Requiere
- Reformado Dof De Febrero De
- Artículo Constitucional
- Artículo Párrafos Segundo A Cuarto Constitucional
- Reformado Dof De Agosto De
- O Artículo Fracción Iv Inciso C Punto Cuarto De La Constitución
- Ii Expire El Plazo De Clasificación
- Artículo Como Información Reservada Podrá Clasificarse Aquella Cuya Publicación
- Ii Pueda Menoscabar La Conducción De Las Negociaciones Y Relaciones Internacionales
- V Pueda Poner En Riesgo La Vida Seguridad O Salud De Una Persona Física
- Vii Obstruya La Prevención O Persecución De Los Delitos
- X Afecte Los Derechos Del Debido Proceso
- Pues Bien Hay Al Menos Tres Razones Para Rechazar Este Argumento
- Por Tanto Se Declara La Invalidez Del Segundo Párrafo Del Artículo De La Lfar
- Las Disposiciones Impugnadas Son Las Siguientes
- Reformado Dof De Noviembre De
- Artículo Son Facultades Exclusivas De La Cámara De Diputados
- El Artículo De La Lfprh Establece Lo Siguiente
- Artículo Para Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- X Economías Los Remanentes De Recursos No Devengados Del Presupuesto Modificado
- Primeroes Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Foja Del Expediente De La Acción De Inconstitucionalidad Tomo Iii
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Foja A Del Expediente De La Acción De Inconstitucionalidad Tomo I
- Visible A Fojas Y Ss Del Tomo Ii
- Ibídem Fojas Y Ss
- Iv Gravar El Tránsito De Personas O Cosas Que Atraviesen Su Territorio
- Artículo Tampoco Pueden Sin Consentimiento Del Congreso De La Unión
- Ii Tener En Ningún Tiempo Tropa Permanente Ni Buques De Guerra
- Ver Carrió G Notas Sobre Derecho Y Lenguaje Ed Abeledoperrot Buenos Aires
- Véase Atienza M El Derecho Como Argumentación Ed Ariel Barcelona
- Véase Schauer Opus Cit
- Fallada El Siete De Julio De Dos Mil Quince Bajo La Ponencia Del Ministro Alberto Pérez Dayán
- Tesis Pj
- Reformada Dof De Noviembre De
- Ley Reglamentaria Del Artículo Constitucional
- Ver Mill John Stuart On Liberty Oxford University Press
- Artículo Correlación Entre Deberes Y Derechos
- Nozick R Anarchy State And Utopia Basic Books
- No Procede El Juicio Político Por La Mera Expresión De Ideas
- Al Respecto Véanse Alexy Opus Cit Y Barak Opus Cit
- Reformada Dof De Febrero De
- Aunque No Es Sólo Ni Principalmente Eso Pues Tiene También La Dimensión Valorativa Mencionada
- Cfr Guastini Opus Cit