ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 7/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 25 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 7/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 25 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS.

Fecha: 28-Abr-2023

Vi Cobro Por El Registro Extemporáneo Del Nacimiento

161. La Comisión accionante refiere que el apartado II.4, numerales 2.11 y 2.12, de la tarifa anexa de la Ley de Ingresos del Municipio de Allende y el apartado II.7, numerales 11.12 y 11.13, de la tarifa anexa de la Ley de Ingresos del Municipio de Coronado, para el ejercicio fiscal dos mil veintidós, transgreden los derechos humanos a la identidad y a la gratuidad por la emisión de la primera acta de nacimiento, al establecer un cobro por el registro extemporáneo del nacimiento, lo que desincentiva el registro oportuno y el cumplimiento del derecho a la identidad.

162. Ahora, este Alto Tribunal al resolver, entre otras, la acción de inconstitucionalidad 7/2016(21) en la que, también se controvirtieron preceptos de leyes de ingresos del Estado de San Luis Potosí, estableció que de los artículos 4o., párrafo octavo, de la Constitución Federal y segundo transitorio de su decreto de reformas publicado en el citado medio de difusión el diecisiete de junio del dos mil catorce, se obtiene que:

• Todas las personas tienen derecho a la identidad y a ser registradas de manera inmediata a su nacimiento;