AMPARO DIRECTO EN REVISION 425/96. JUGUETIBICI, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISION 425/96. JUGUETIBICI, S.A. DE C.V.

Fecha: 06-Ene-1995

Artículo La Sentencia Definitiva Podrá

"'...

"'III. Declarar la nulidad de la resolución impugnada para determinados efectos, debiendo precisar con claridad la forma y términos en que la autoridad debe cumplirla, salvo que se trate de facultades discrecionales ... El Tribunal Fiscal de la Federación declarará la nulidad para el efecto de que se emita nueva resolución cuando se esté en alguno de los supuestos previstos en las fracciones II y III, y en su caso V, del artículo 238 de este código.'

"Cuando el artículo 239, fracción III, antes transcrito, señala que deberá declararse la nulidad para el efecto de que se emita una nueva resolución cuando se esté en alguno de los supuestos de las fracciones II, III y en su caso V, del artículo 238, sin lugar a dudas vulnera lo dispuesto por el artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según se pasa a demostrar.