AMPARO DIRECTO EN REVISION 425/96. JUGUETIBICI, S.A. DE C.V.
Fecha: 06-Ene-1995
Lo Anterior Es Falso Y Carente De Consistencia Jurídica Como Se Pasa A Rebatir
"En el agravio a estudio, la parte ahora quejosa sostuvo que la orden de visita no cumplía con los requisitos del artículo 16 constitucional, porque era genérica y había originado que la misma se hubiera convertido en una pesquisa, ya que con el señalamiento de todas las contribuciones contenidas en la Ley de Ingresos, no se cumplía con tal requisito.
"La Sala ahora responsable consideró que con el señalamiento genérico de todas las contribuciones incluidas en la Ley de Ingresos, sí se satisfacía el requisito constitucional; por lo que la litis en este concepto de violación debe consistir en estudiar el hecho de si se cumple o no con el requisito constitucional señalado, con la mención genérica de todas las contribuciones incluidas en la Ley de Ingresos, o es necesario que se precisen las contribuciones sobre las cuales se van a ejercer las facultades de comprobación.
- Vistos Y Resultando
- I El Actor Probó Su Acción En Consecuencia
- Dicha Sentencia Nos Fue Notificada Con Fecha De Mayo De
- Tercero La Parte Quejosa Formuló Los Siguientes Conceptos De Violación
- Lo Anterior Es Falso Y Carente De Consistencia Jurídica Como Se Pasa A Rebatir
- El Artículo Constitucional En Sus Párrafos Octavo Y Noveno Señala
- Ordenes De Visita Domiciliaria Requisitos Que Deben Contener Las Se Transcribe
- Además Transcribiremos El Siguiente Precedente Judicial Federal
- Orden De Visita Deben Precisar Claramente Su Objeto Se Transcribe
- La Citada Fracción Iii Del Artículo Del Código Fiscal Federal Expresa
- Iii Vicios Del Procedimiento Que Afecten Las Defensas Del Particular
- Artículo La Sentencia Definitiva Podrá
- El Artículo De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Textualmente Establece
- Es Decir El Espíritu Del Dispositivo Constitucional Que Se Analiza Es El De Evitar Que
- Absolucion De La Instancia Procedimientos Administrativos Se Transcribe
- Conforme Al Criterio De La Naturaleza De La Formalidad
- En Apoyo A Nuestro Dicho Pasaremos A Transcribir El Siguiente Precedente Judicial Federal
- Las Consideraciones En Que Se Fundamenta La Sentencia En La Parte Que Interesa Son Las Siguientes
- La Sentencia Definitiva Podrá
- Considerando
- Segundo La Parte Quejosa Manifestó Los Siguientes Agravios
- Tercero Son Infundados Los Agravios Que Formula La Parte Recurrente
- Previo El Estudio De Los Agravios Conviene Precisar Los Siguientes Hechos
- Del Precepto Supracitado Se Desprenden Las Siguientes Garantías De Seguridad Jurídica
- Ii Declarar La Nulidad De La Resolución Impugnada
- Del Artículo Antes Invocado Se Pueden Derivar Las Siguientes Conclusiones Generales
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos
- Primero Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Notifíquese Cúmplase Y En Su Oportunidad Archívese El Toca