SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. LA INDEMNIZACIÓN PREVISTA EN LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY RELATIVA NO COMPRENDE EL PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.
Fecha: 08-Ene-2016
I Antecedentes
Por escrito presentado el dieciséis de noviembre de dos mil doce, ante la Oficialía de Partes del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, ********** demandó de la Secretaría de Gobernación y/o Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos y/o Dirección General de Asociaciones Religiosas y/o directora de Registro y Certificaciones, todas del Ejecutivo Federal, entre otras prestaciones, el cumplimiento del contrato individual de trabajo, la reinstalación, en virtud de haber sido despedida injustificadamente, el pago de salarios caídos desde el día en que fue despedida hasta el día en que se dé cabal cumplimiento al laudo, segundo periodo de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, etcétera (foja 1 a 20).
En los hechos, que aquí interesan, la actora manifestó que ingresó a laborar para el demandado el uno de febrero de dos mil; que el uno de marzo de dos mil siete, el entonces oficial mayor de la secretaría, le otorgó el nombramiento de "servidor público de carrera titular, en el puesto de subdirector de Registro de Asociación Religiosa, en el rango de subdirector de Área sujeto al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal"; que durante su relación desempeñó a cabalidad con las funciones encomendadas, tan es así, que cumplió con la obligación prevista en el artículo 52 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la administración pública federal, esto es, aprobó los exámenes de permanencia con excelentes calificaciones; que el veintiséis de julio de dos mil doce, fue despedida de manera injustificada por la directora de Registro y de Certificaciones.
• Demanda que se admitió a trámite por la Sexta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje por acuerdo de seis de diciembre de dos mil doce, y se formó el expediente ********** (foja 336).
• Por acuerdo de diecinueve de abril de dos mil trece, se le tuvo al titular de la Secretaría de Gobernación, contestando la demanda en sentido afirmativo (fojas 341), y acudió a la audiencia de pruebas, alegatos y resolución, por conducto de su apoderado, reconociéndole la personalidad en ese acto (foja 345).
• Previos trámites legales, el cuatro de octubre de dos mil trece, se dictó el laudo correspondiente y de sus consideraciones destaca que el tribunal responsable consideró, entre otras cuestiones, que era procedente la indemnización por el importe de tres meses de salario, pero no así el pago de salarios caídos. Los puntos resolutivos son como sigue: (fojas 476 a 486 vuelta)
- Considerando
- I Antecedentes
- Primerola Actora Acreditó Parcialmente La Procedencia De Su Acción En Consecuencia
- Notifíquese Y Personalmente A Las Partes
- Son Infundados Los Argumentos Enunciados Por Lo Siguiente
- Asimismo Los Artículos Y Del Señalado Ordenamiento Legal Consignan
- Finalmente La Tesis De Jurisprudencia A Del Contenido Siguiente
- Salarios Caídos
- Determinación Que Es Legalmente Incorrecta Por Las Consideraciones Siguientes
- Iv Agravios Al Respecto El Recurrente Sostuvo En Síntesis Lo Siguiente
- I Que El Recurso Sea Interpuesto Oportunamente Y Por Parte Legitimada
- Iii Que Se Surtan Los Requisitos De Importancia Y Trascendencia
- El Promovente Tenga Legitimación Procesal
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- B Entre Los Poderes De La Unión El Gobierno Del Distrito Federal Y Sus Trabajadores
- En El Dictamen De La Cámara De Diputados Revisora De De Marzo De Se Destacó
- En La Discusión De La Cámara Revisora El De Marzo De Se Adujo
- D Jefe De Departamento Y
- Artículo Los Servidores Públicos De Carrera Tendrán Los Siguientes Derechos
- Artículo Son Obligaciones De Los Servidores Públicos De Carrera
- Iv Aportar Los Elementos Objetivos Necesarios Para La Evaluación De Los Resultados Del Desempeño
- Vii Asistir Puntualmente A Sus Labores Y Respetar Los Horarios De Actividades
- Xi Las Demás Que Señalen Las Leyes Y Disposiciones Aplicables
- Ii Defunción
- Vi No Aprobar En Dos Ocasiones La Capacitación Obligatoria O Su Segunda Evaluación De Desempeño Y
- Artículo En Cada Dependencia Los Comités Tendrán Las Siguientes Atribuciones
- Artículo Alcance De Las Restricciones
- Artículo Correlación Entre Deberes Y Derechos
- Alcance De Las Restricciones Y Limitaciones
- En El Puesto De Subdirector De Registro De Asociaciones Religiosas
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
- Foja Vuelta Del Juicio De Amparo
- Foja Del Presente Expediente
- Iii Por Muerte Del Trabajador
- V Por Resolución Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje En Los Casos Siguientes
- B Cuando Faltare Por Más De Tres Días Consecutivos A Sus Labores Sin Causa Justificada
- D Por Cometer Actos Inmorales Durante El Trabajo
- G Por Desobedecer Reiteradamente Y Sin Justificación Las Órdenes Que Reciba De Sus Superiores
- J Por Prisión Que Sea El Resultado De Una Sentencia Ejecutoria
- Artículo Son Obligaciones De Los Titulares A Que Se Refiere El Artículo O De Esta Ley
- Artículo Toda Persona Tiene Derecho Al Trabajo Digno Y Socialmente Útil
- Artículo Las Indemnizaciones A Que Se Refiere El Artículo Anterior Consistirán