AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3669/2014. 11 DE NOVIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURREN
Fecha: 13-Ene-2017
Artículo De La Carta Africana De Los Derechos Y Bienestar Del Niño
• Artículo 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
18. El cual se compone por los artículos 1, 22 y 29 de la Constitución, así como los artículos 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 2 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
Además, bajo el parámetro de control de regularidad constitucional establecido por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en las resoluciones siguientes:
• Contradicción de tesis 293/2011, resuelta por el Tribunal Pleno, en sesión de tres de septiembre de dos mil trece, bajo la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
• Contradicción de tesis 21/2011, resuelta por el Tribunal Pleno en sesión de nueve de septiembre de dos mil trece, bajo la ponencia del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
• Amparo directo 9/2008, resuelta por la Primera Sala, en sesión del 12 de agosto de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz.
• Amparo en revisión 703/2012, resuelta por la Primera Sala en sesión de 6 de noviembre de 2013. Cinco votos por la concesión del amparo de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Mayoría de tres votos por el amparo liso y llano de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidentes: Ministros José Ramón Cossío Díaz y Jorge Mario Pardo Rebolledo ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Encargado del engrose: Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretario: José Alberto Mosqueda Velázquez.
Véase al respecto: Caso Maritza Urrutia Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de noviembre de 2003. Serie C No. 103, párr. 92; Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2006. Serie C No. 160, párr. 271; y, Caso Bueno Alves Vs Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de mayo de 2007. Serie C No.164, párr. 76. Véanse también: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 7; Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, artículo 2; Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 37, y Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, art. 10; Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, artículo 2; Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, artículo 5; Carta Africana de los Derechos y Bienestar del Niño, artículo 16; Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), artículo 4; Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, artículo 3; Conjunto de Principios para la Protección de todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión, principio 6; Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, artículo 5; Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad, regla 87(a); Declaración sobre los Derechos Humanos de los Individuos que No Son Nacionales del País en que Viven, artículo 6; Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), regla 17.3; Declaración sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado, artículo 4; Líneas Directrices del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre los Derechos Humanos y la Lucha Contra el Terrorismo, directriz IV; artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra; Convenio de Ginebra relativo al Trato Debido a los Prisioneros de Guerra (Convenio III), artículos 49, 52, 87 y 89, 97; Convenio de Ginebra relativo a la Protección Debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra (Convenio IV), artículos 40, 51, 95, 96, 100 y 119; Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (protocolo I), artículo 75.2.ii, y Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Sin Carácter Internacional (protocolo II), artículo 4.2.a.
19. Criterio emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, noviembre de 2009, página 416, con el rubro siguiente: "TORTURA. OBLIGACIONES DEL ESTADO MEXICANO PARA PREVENIR SU PRÁCTICA."
Precedente: Amparo directo 9/2008. 12 de agosto de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Miguel Enrique Sánchez Frías.
20. Criterio emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis aislada 1a. X/2012 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro V, Tomo 1, febrero de 2012, página 650, con el rubro: "DELITOS O CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD. SU CONCEPTO PARA EFECTOS DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA QUE LOS INVESTIGA."
Precedente: Amparo en revisión 168/2011. Comisión Mexicana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos, A.C. y otra. 30 de noviembre de 2011. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Javier Mijangos y González.
21. Criterio emitido por la Primera Sala, en la tesis aislada 1a. CCVI/2014 (10a.), publicada en la Gaceta al Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 6, Tomo I, mayo de 2014, página 562 «Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de mayo de 2014 a las 10:06 horas», título y subtítulo: "TORTURA. SU SENTIDO Y ALCANCE COMO PROHIBICIÓN CONSTITUYE UN DERECHO ABSOLUTO, MIENTRAS QUE SUS CONSECUENCIAS Y EFECTOS SE PRODUCEN TANTO EN SU IMPACTO DE VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS COMO DE DELITO."
Precedente: Amparo en revisión 703/2012. 6 de noviembre de 2013. Cinco votos por la concesión del amparo de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Mayoría de tres votos por el amparo liso y llano de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Disidentes: Ministros José Ramón Cossío Díaz y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Encargado del engrose: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretario: José Alberto Mosqueda Velázquez.
22. Criterio emitido por la Primera Sala, en la tesis aislada 1a. CCV/2014 (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 6, Tomo I, mayo de 2014, página 561, con el título y subtítulo: "TORTURA. CONSTITUYE UNA CATEGORÍA ESPECIAL Y DE MAYOR GRAVEDAD QUE IMPONE LA OBLIGACIÓN DE UN ESCRUTINIO ESTRICTO BAJO LOS ESTÁNDARES NACIONALES E INTERNACIONALES."
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad
- V Legitimación
- Vi Elementos Necesarios Para Resolver
- Vii Procedencia Del Recurso
- Viii Estudio Constitucional
- O Parámetro De Control De Regularidad Constitucional Del Derecho Humano A Estar Libre De Tortura
- B Oportunidad De La Denuncia De Actos De Tortura
- C Obligación De Investigación
- D Aplicación Al Caso De La Doctrina Constitucional En Materia De Tortura
- A La Prohibición De La Tortura En El Sistema Jurídico Nacional
- B De Los Derechos De Toda Persona Imputada
- Consecuentemente Las Autoridades Tienen La Obligación De Investigar Y Sancionar La Tortura
- A Naturaleza Jurídica De La Tortura
- Toda Persona Tiene Derecho A Que Se Respete Su Integridad Física Psíquica Y Moral
- Artículo El Juicio De Amparo Directo Procede
- Iii Intervenga En El Juicio Un Juez Que Haya Conocido Del Caso Previamente
- Xvii Se Sometan A La Decisión Del Jurado Cuestiones De Índole Distinta A Las Señaladas Por La Ley
- Normas Especiales De Fuente Internacional Que Establecen
- I La Anulación De La Confesión Del Indiciado Obtenida Con Motivo De Esa Indebida Retención
- En La Iniciativa Se Expuso Para Lo Que Aquí Interesa Lo Siguiente
- Del Dictamen Legislativo De La Cámara De Senadores Se Desprende
- En Seguimiento A Estos Precedentes Han Resultado Las Jurisprudencias Siguientes
- O Presunción De Inocencia Bajo El Principio In Dubio Pro Reo
- Ix Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Cuaderno De Amparo Directo Página
- Artículo De La Convención Americana Sobre Derechos Humanos
- Artículo De La Convención Sobre Los Derechos Del Niño
- Artículo Común A Los Cuatro Convenios De Ginebra
- Artículo Del Código De Conducta Para Funcionarios Encargados De Hacer Cumplir La Ley
- Ver Además
- Artículo De La Carta Africana De Los Derechos Y Bienestar Del Niño
- Precedente Amparo En Revisión De Noviembre De Ibídem
- En La Resolución Se Citan Como Referencias
- Artículo
- Caso J Vs Perú Excepción Preliminar Fondo Reparaciones Y Costas Párr
- Viii Cuando No Se Le Suministren Los Datos Que Necesite Para Su Defensa
- Xi Cuando Debiendo Ser Juzgado Por Un Jurado Se Le Juzgue Por Otro Tribunal
- Xv Cuando La Sentencia Se Funde En Alguna Diligencia Cuya Nulidad Establezca La Ley Expresamente
- El Tribunal Internacional En Este Rubro Hizo Referencia A Las Resoluciones Siguientes
- Ley Federal Para Prevenir Y Sancionar La Tortura
- Convención Interamericana Para Prevenir Y Sancionar La Tortura
- A Del Inculpado
- Artículo Garantías Judiciales
- En Razón De Lo Anteriormente Expuesto La Corte Presenta El Siguiente Análisis
- Sesión De De Septiembre De Ponencia Del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo
- Caso Cantoral Benavides Vs Perú Fondo Sentencia De De Agosto De Serie C No
- Ferrer Beltrán Una Concepción Minimalista Op Cit P
- Ibídem
- Stc De De Septiembre