AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4425/2018. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. 14 DE NOVIEMBRE DE 2018. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y EDUARDO MEDINA
Fecha: 22-Feb-2019
Condenar A La Demandada A
Reconocer que el trabajador que padece las enfermedades de trabajo denominadas espondiloartrosis lumbar con deformidad tipo traumática, hipoacusia bilateral neurosensorial y gonartrosis bilateral, valuadas en un 30% (treinta por ciento), 40% (cuarenta por ciento) y 20% (veinte por ciento), respectivamente, de incapacidad parcial permanente, haciendo un total del 90% (noventa por ciento) de incapacidad, por tener relación causa-efecto con las labores que ha desempeñado.
Cubrir la indemnización por riesgo de trabajo en términos del artículo 66, inciso h), del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, conforme al salario ordinario que percibe el trabajador al siete de abril de dos mil diecisiete, en virtud de estar activo.
Reconocer que laboró días festivos, descansos obligatorios y descansos semanales, turno adicional a la jornada semanal, en términos de las cláusulas 9 y 45 del contrato colectivo de trabajo celebrado entre Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, para incrementar su antigüedad; así como para efectos de su jubilación y pago de prima de antigüedad.
Reconocer que el accionante laboral es trabajador de turno, para el incremento de su antigüedad como trabajador de turno en equipos e instalaciones marinas, a partir de la fecha que comenzó a laborar con tal calidad, el diecinueve de septiembre de dos mil.
A acreditar por anticipado el tiempo de tres años de espera, conforme a la cláusula 123 del contrato colectivo de trabajo y/o artículo 66, inciso g), del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, debido a que acreditó tener una incapacidad permanente del 90% (noventa por ciento).
- Considerando
- I Antecedentes Del Juicio Laboral
- El Reconocimiento De Que Laboró En Lugares Insalubres
- Sustentó Sus Reclamaciones En Esencia En Los Siguientes Hechos
- En Relación Con Los Hechos Los Controvirtió De La Siguiente Forma
- En La Categoría Que Ostenta No Trabaja En Las Condiciones Que Lo Afirma
- No Tiene Derecho Al Beneficio De Su Jubilación Por No Reunir Los Requisitos De Procedibilidad
- Condenar A La Demandada A
- Reconocimiento De Antigedad General De Empresa
- Ii Antecedentes Del Juicio De Amparo Directo
- B Síntesis De Los Conceptos De Violación Del Amparo Principal
- C Síntesis De Los Conceptos De Violación Del Amparo Adhesivo
- D Síntesis De La Sentencia De Amparo Directo
- Iii Recurso De Revisión
- El Recurso De Revisión En Amparo Directo Procede Cuando
- Motivos De Agravio Que Resultan Infundados
- Por Tanto Como Se Anticipó Los Agravios En Estudio Resultan Infundados
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
- Foja Vuelta Del Juicio De Amparo
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- Reformado Primer Párrafo Dof De Diciembre De
- B Contratar Una Renta Vitalicia Por Una Cuantía Mayor O
- Adicionado Dof De Septiembre De
- Adicionado Dof De Julio De
- Reformado Dof De Enero De
- Nadie Puede Ser Aprisionado Por Deudas De Carácter Puramente Civil
- Reformado Dof De Junio De
- Adicionado Primer Párrafo Dof De Diciembre De
- Artículo Las Juntas Especiales Tienen Las Facultades Y Obligaciones Siguientes
- Artículo Garantías Judiciales
- C Concesión Al Inculpado Del Tiempo Y De Los Medios Adecuados Para La Preparación De Su Defensa
- La Confesión Del Inculpado Solamente Es Válida Si Es Hecha Sin Coacción De Ninguna Naturaleza
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y