AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6045/2018. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. 16 DE ENERO DE 2019. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y JAVIER LAYNEZ POT
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6045/2018. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. 16 DE ENERO DE 2019. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y JAVIER LAYNEZ POT

Fecha: 22-Feb-2019

Determinar La Profesionalidad O No De La Enfermedad

"4. Establecer el diagnóstico y el tratamiento que el trabajador deberá seguir, proporcionándole todos los elementos médico-quirúrgicos y los medios terapéuticos que la ciencia indique, en el tratamiento adecuado del padecimiento, agotando todos los recursos de que disponga el medio científico, a fin de lograr la recuperación del enfermo y su reinstalación o rehabilitación en el trabajo. Sólo por causas justificadas el trabajador podrá rehusarse a seguir el tratamiento prescrito.

"5. Al terminar la atención médica, certificar si el trabajador se encuentra en condiciones de reanudar sus labores, y en su caso si le resulta alguna incapacidad.

"Emitir el dictamen médico pericial correspondiente, que deberá entregarse al sindicato en un plazo de 10 días."

De la transcripción se advierte que en los casos de enfermedades profesionales del personal sindicalizado en ejercicio o con motivo del trabajo, el patrón, entre otras prerrogativas, les emitirá a los trabajadores, la determinación de las incapacidades, para lo cual, es necesario verificar los siguientes requisitos:

1. El trabajador, por conducto del sindicato, solicite que los médicos del patrón, emitan un dictamen, en el que se determine la aptitud del trabajador para laborar en su puesto.

2. El patrón, a través de sus médicos, realizará un examen general y especializado del órgano, sistema o aparato presumiblemente afectado.

3. Además, establecerá los criterios: ocupacional –trabajos anteriores, puesto actual, productos con los que labora y laboró, tiempo que lleva trabajando, actividad que realiza– y de seguridad e higiene –normas y condiciones de trabajo–.