AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6045/2018. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. 16 DE ENERO DE 2019. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y JAVIER LAYNEZ POT
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6045/2018. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. 16 DE ENERO DE 2019. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y JAVIER LAYNEZ POT

Fecha: 22-Feb-2019

Por Tanto Como Se Anticipó Los Agravios En Estudio Resultan Infundados

SÉPTIMO.—Legalidad. Sobrevienen inoperantes la parte conducente del tercer agravio, así como el cuarto, sexto y octavo de los motivos de inconformidad, pues en ellos se señalan que la indemnización por incapacidad permanente derivada de un riesgo de trabajo no tiene el carácter de extralegal; que las cargas probatorias no fueron bien distribuidas; la falta de congruencia, exhaustividad y completitud en la sentencia; la absolución del pago de aportaciones o cuotas al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; y distribución de las cargas probatorias en relación con la determinación de labores peligrosas e insalubres, al tratarse de argumentos que cuestionan aspectos de legalidad que no son susceptibles de analizarse en esta instancia.

Cobra aplicación en este sentido, el contenido de la jurisprudencia 2a./J. 56/2016(10a.), sustentada por esta Segunda Sala, de título y subtítulo: "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. LOS AGRAVIOS DE MERA LEGALIDAD DEBEN DESESTIMARSE POR INEFICACES."(34)

OCTAVO.—Decisión. En atención a lo infundado de los agravios, lo procedente es confirmar la sentencia recurrida, conceder a la quejosa el amparo y la protección de la Justicia Federal solicitados, y negar el amparo al quejoso adherente.