AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2397/2020. 9 DE JUNIO DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO ACLARATORIO, JORGE MARIO PARDO REB
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2397/2020. 9 DE JUNIO DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO ACLARATORIO, JORGE MARIO PARDO REB

Fecha: 24-Sep-2021

B La Nulidad De Los Poderes Que Le Fueron Conferidos

c) La nulidad del documento de cesión de veintidós de febrero de mil novecientos ochenta y ocho y de reconocimiento de adeudo de veinte de marzo del año dos mil por contravenir lo previsto en el artículo 2,276 del Código Civil para el Distrito Federal, actualmente Ciudad de México.(6)

d) La restitución de la cantidad indebidamente recibida por el abogado en una tercería excluyente de dominio el once de marzo de mil novecientos noventa y dos, y el pago de los intereses correspondientes.