AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4193/2021. 27 DE ABRIL DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO R
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4193/2021. 27 DE ABRIL DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO R

Fecha: 09-Dic-2022

Ii Oportunidad

13 Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la sentencia del Tribunal Colegiado le fue notificada a las quejosas recurrentes el 20 de agosto de 2021, por lo que dicha notificación surtió efectos al día hábil siguiente, es decir el 23 del mismo mes y año. Por tanto, el plazo establecido de 10 días que establece el artículo 86 de la Ley de Amparo,(14) para la interposición del recurso de revisión transcurrió del 24 de agosto al 6 de septiembre de la misma anualidad, con exclusión de los días 28 y 29 de agosto, así como los días 4 y 5 de septiembre de ese mismo año por ser sábados y domingos, e inhábiles conforme al artículo 19 de la Ley de Amparo.(15)

14 Por tanto, si el escrito del recurso de revisión se presentó ante el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito el 6 de septiembre de 2021, se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna.