AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4193/2021. 27 DE ABRIL DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO R
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4193/2021. 27 DE ABRIL DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO R

Fecha: 09-Dic-2022

Reconozca Capacidad Jurídica A También Conocida Como Yo

3) Omita considerar necesario para la admisión de la demanda el desahogo del requerimiento con prevención de 10 de agosto de 2020, emitido por el Juez Décimo de lo Civil de la Ciudad de México.

4) Para el caso en el que se confirme la no admisión de la demanda, deje a salvo derechos a las quejosas para que hagan valer sus reclamos en la vía y forma correspondientes. Esto bajo la consideración de que los plazos de prescripción de las acciones derivadas de hechos que se llevaron a cabo durante, en relación o con motivo de la interdicción empiezan a correr a partir de la emisión de la resolución que le reconoce capacidad jurídica a la quejosa.