AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 716/2020. 12 DE ENERO DE 2022. PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIOS: MARÍA ELENA CORRAL GOYENECHE Y WERTHER BUSTAMANTE SÁNCHEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 716/2020. 12 DE ENERO DE 2022. PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. SECRETARIOS: MARÍA ELENA CORRAL GOYENECHE Y WERTHER BUSTAMANTE SÁNCHEZ.

Fecha: 27-Ene-2023

En Ese Sentido El Presente Recurso De Revisión Es Procedente

V. ESTUDIO

40. El tema de decisión en el presente asunto se circunscribe a dilucidar si el artículo 737 D, fracciones I y II, del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, que prevé los plazos en los cuales puede promoverse la acción de nulidad de juicio concluido, viola los derechos de acceso a la justicia, seguridad jurídica e igualdad, como aduce el señor **********, así como si tales términos resultan razonables, pues el recurrente considera que son muy breves.