AMPARO DIRECTO 10124/2003. GUILLERMO ESCALANTE NUÑO.
Fecha: 20-Abr-2002
Los Argumentos Antes Sintetizados Resultan Fundados
Juan Huberto de Luna Santoyo demandó del ahora quejoso el pago de los daños y perjuicios que sufrió por el incumplimiento que le imputó al demandado, y como hechos fundatorios de su acción narró que ha tenido que hacer erogaciones por concepto de pago de rentas del departamento que le sirve de habitación, por el período de tres meses, más los que se sigan acumulando, contados a partir de la fecha en que se le debió haber hecho entrega del departamento quinientos uno, ubicado en Avenida Azcapotzalco La Villa número mil ciento treinta y tres, de la colonia San Bartolo Atepehuacán, Delegación Gustavo A. Madero de esta ciudad, es decir, a partir del dieciséis de junio de dos mil dos, fecha en que se cumplieron los ciento veinte días pactados para la entrega del inmueble.
- Considerando
- D El Saldo De Sería Cubierto A Más Tardar En Enero De Dos Mil Tres
- Ahora Bien Las Obligaciones De Las Partes Son Las Siguientes
- El Actor Acreditó Con Base En Sus Probanzas Los Elementos Constitutivos De Su Acción
- Las Anteriores Determinaciones De La Responsable Se Estiman Parcialmente Correctas
- D Que Serían Cubiertos A Más Tardar En Enero De Dos Mil Tres
- Sr Juan Huberto De Luna
- Firma De Conformidad
- Las Cláusulas Segunda Inciso C Y Sexta Del Contrato Base De La Acción Literalmente Dicen
- En El Contrato Base De La Acción Se Pactó
- El Artículo Del Código Civil Para El Distrito Federal Dispone
- El Anterior Argumento Resulta Infundado
- Los Argumentos Antes Sintetizados Resultan Fundados
- Para Acreditar La Procedencia De Su Acción El Actor Ofreció
- La Autoridad Responsable En Lo Que Respecta A Este Punto Consideró